La solicitud de compra MITUR-CCC-PEPB-2025-0003, fechada el 30 de mayo de 2025, requiere 50 renglones de servicios de publicidad en radio, televisión y plataformas digitales, con 150 unidades en total y un estimado de RD$8,190,000. El objeto indica una duración de tres meses, mientras que el plan de ejecución fija la fecha de necesidad cinco días hábiles después de recibida la orden de compra; el documento no adjudica ni identifica oferentes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud marca la contratación como planificada. Sin embargo, el dato contextual indica que la versión 11 del PACC fue publicada el 10 de octubre de 2025, después de la convocatoria del 9 de junio; esto no descarta que existiera una versión anterior, por lo que conviene verificar cuál versión vigente incluyó la necesidad y cuándo se publicó.
“Planificada: Sí.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 63 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 63 — El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC)
Artículo 63. El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC). Es el documento elaborado por el área de planificación y desarrollo de los entes y órganos sujetos a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, con el apoyo de la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. El PACC debe ser formulado con base al presupuesto aprobado para cada institución, conforme a las actividades plasmadas en su Plan Operativo Anual (POA), y debe describir las obras a ejecutarse, los bienes a adquirirse y los servicios a contratarse durante el ejercicio presupuestario correspondiente,…
El renglón 7 estima RD$200,000 por unidad de publicidad en medios digitales (RD$600,000 por tres unidades), frente a una mediana de referencia de RD$47,200 y un rango central de hasta RD$100,000 por unidad en otros procesos. El contrato derivado (Producciones Video Provideo, RD$600,000) coincide con ese monto estimado; conviene verificar el sustento de mercado de la estimación y la equivalencia de las prestaciones comparadas.
“7 | | 2.2.2.1.01 | PUBLICIDAD EN MEDIOS DIGITAL | 3.00 | UD | 200,000.00 | 600,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
El contexto del portal registra 50 contratos cancelados el 16 de junio de 2025, mientras que los datos de Contraloría consignan libramientos entre octubre y diciembre para contratos MITUR asociados a este proceso. Podrían ser contratos nuevos o reemplazos; corresponde conciliar los números, estados y obligaciones para confirmar la trazabilidad de la contratación y los pagos.
“8,190,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
La solicitud describe un servicio durante tres meses, pero fija la fecha de necesidad cinco días hábiles después de recibida la orden. Puede referirse al inicio y no a la entrega total; conviene aclarar qué prestación debe estar disponible en ese plazo para que el cronograma sea verificable.
“Objeto de la compra: CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUBLICIDAD MEDIANTE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL, A TRAVÉS DE RADIO, TELEVISIÓN Y PLATAFORMAS DIGITALES PARA PROMOCIÓN DE LOS DESTINOS TURÍSTICOS, DURANTE PERÍODO DE TRES (3) MESES”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona