El Acta núm. 028-2025, fechada el 5 de junio de 2025, decide adjudicaciones por lotes del proceso de obras Los Toros y declara desiertos varios lotes. Entre las adjudicaciones que registra figuran montos de RD$3,246,059.55, RD$3,987,140.22 y RD$8,370,080.76; el acta también explica que el lote 3 quedó desierto porque su único oferente era recomendado para otro lote y el pliego limitaba a uno los lotes adjudicables por oferente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que el único oferente del lote 3 estaba recomendado para otro lote y, por la regla del pliego que limita a un lote la adjudicación por oferente, el lote quedó desierto. Conviene revisar el efecto de esa restricción sobre la competencia y la posibilidad de contratar esa obra.
“El Lote 3: Rehabilitación sistema de compuertas derivadoras de Villarpando, se ene,g·a pafa. Desierto, ya::gue: el único oferente que presentó oferta para este lote se encuentra recomendado”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
RD$8,632,761
A ENTERPRICES, S.R.L.El acta lo identifica como adjudicatario de obras de protección de taludes; el RNC está afectado por OCR.
Adjudicado
Protección de taludes
RD$5,162,805
SUAR ESTEPAN MENDEZEl acta lo identifica como adjudicatario de una obra de alcantarilla tipo cajón; la identificación está afectada por OCR.