El aviso de Enmienda No. 2, fechado el 5 de junio de 2025, modifica el pliego del proceso CONAPE-CCC-LPN-2025-0002. Entre otros cambios, incorpora expresamente a personas físicas como posibles participantes, fija un máximo de 30 días para completar la entrega desde la suscripción del contrato, marca la documentación técnica como no subsanable, modifica especificaciones de cinco ítems y establece que los estados financieros requeridos sean de 2023 y 2024.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda clasifica toda la documentación técnica como no subsanable e incluye entre ella la evidencia de experiencia mínima. El artículo 120 del Reglamento 416-23 establece que los documentos relativos a credenciales son subsanables cuando el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad; conviene verificar cómo se aplicó esta clasificación a la evidencia de experiencia preexistente.
“11.1.2 Documentación técnica: No Subsanable … 2. Documentación que demuestre experiencia de al menos 2 años en el suministro de bienes del objeto del contrato”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Numeral 3, párrafo 1, página 22Participantes y RPE
El texto previo del apartado no está transcrito en el documento.
Incluye personas jurídicas y personas físicas que demuestren capacidad para ofertar y cuenten con RPE.
Relaja
Numeral 4, página 12Plazo de entrega
El pliego no precisaba el punto de partida del plazo de entrega, según la motivación de la enmienda.
La entrega debe completarse en un máximo de 30 días a partir de la suscripción del contrato.
Aclara
Apartado 11.1.2, página 17Subsanabilidad de la documentación técnica
La documentación técnica requerida no estaba calificada como no subsanable, según la motivación de la enmienda.
El apartado clasifica como no subsanable la documentación técnica, incluida la evidencia de al menos dos años de experiencia en el suministro de bienes del objeto contractual.
Endurece
Numeral 3, página 8Especificaciones de los ítems 63, 105, 116, 134 y 135
Las especificaciones anteriores de estos ítems no están reproducidas en el documento.
Establece las especificaciones de espironolactona 100 mg, metocloramida 10 mg, nitrendipina 20 mg y risperidona 1 mg y 2 mg; consigna cantidades de 3,800 y 7,800 para los ítems 134 y 135.
El apartado indicaba años que, según la motivación, contenían un error material.
Requiere los estados financieros de los ejercicios consecutivos 2023 y 2024, certificados por firma de auditores o CPA, para verificar solvencia y liquidez.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona