El Acta Administrativa núm. CORAAMOCA-CCC-2025-0010, de 2025-06-02, aprueba la evaluación económica y adjudica el ítem 3 del lote 1 a Benesta, SRL, por RD$2,045,592.56, y varios ítems de los lotes 1 y 2 a Ingeniería y Perforaciones Inper, SRL. También descalifica a Espiral, SRL, por incumplir el rango de precios indicado en el pliego como no subsanable.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra contratos de Benesta e Inper con fecha 2025-05-30, mientras que esta acta adjudica el 2025-06-02. Si la fecha del portal corresponde a la formalización de los contratos y no a su registro o actualización, estos podrían preceder a la adjudicación; conviene cotejar las fechas de firma de los documentos contractuales.
“En la ciudad y municipio de Moca, provincia Espaillat, República Dominicana, siendo las once y quince minutos de la mañana (11: 15 am), del día dos (02), del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025)”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta identifica tres oferentes con ofertas económicas abiertas, pero el portal registra también una oferta de Martinez Espaillat Constructores, SRL, por RD$36,876,888, monto inferior a las ofertas cuantificadas en el acta. El registro figura como «Cargada / Pendiente», por lo que debe verificarse en el expediente electrónico si fue una oferta efectivamente recibida y, de ser así, cómo se trató en la evaluación.
“Fueron aperturadas las ofertas económicas de los tres (3) oferentes habilitados para tales fines, que son: 1) ESPIRAL, SRL., por un monto total de RDSS0,541,132.8; BENESTA, SRL., por un monto total de RD$7,330,682.21 Y por último, INGENIERI”
Posible explicación normal: puede tratarse del procedimiento de control funcionando.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Oferentes que registra (3)
2 adjudicado · 1 descalificado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Espiral, SRLEl acta consigna que no cumplió con el rango de precios, requisito que califica como no subsanable.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona