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Pliego

PLIEGO CONTRATACION DE SERVICIOS DE CATERING.pdf

“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CATERING PARA USO INSTITUCIONAL DE LA SEDE Y SUS DEPENDENCIAS DIRIGIDO A EMPRESAS MIPYMES (BAJO CRITERIO DE COMPRAS VERDES)”. · Ministerio de Cultura

Publicado el 2 jun de 202549 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CULTURA-CCC-CP-2025-0007

Lo que dice

El pliego establece las reglas de la comparación de precios CULTURA-CCC-CP-2025-0007 para contratar, por hasta doce meses y bajo modalidad de entregas a requerimiento, servicios de catering dirigidos a MIPYMES con criterios de compras verdes. Fija un presupuesto de RD$5,644,000, exige presentar precios por persona y define evaluación técnica cumple/no cumple, muestras de degustación y adjudicación al menor precio.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Falta de cantidades estimadas por menú para comparar los precios

Documento del 2 jun 2025 · hace 1 año

El presupuesto se consume según requerimientos, pero el pliego no indica cantidades estimadas para cada opción de refrigerio o almuerzo; solicita precios por persona y, a la vez, adjudica al menor precio. Sin una combinación de cantidades de referencia, el precio total puede no ser comparable si las ofertas asignan costos distintos a las opciones.

“El monto total de RD$5,644,000.00 será consumible, según las solicitudes mediante requerimientos realizados por la institución. … Indicar precio por persona.” (págs. 6-7)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Experiencia mínima exigida de cinco años y tres referencias

Documento del 2 jun 2025 · hace 1 año

Para un servicio con presupuesto base de RD$5,644,000, se exige acreditar al menos cinco años de experiencia, tres certificaciones —una gubernamental— y servicios de montos similares. La acumulación de estos requisitos puede reducir la participación de MIPYMES con capacidad operativa, pero menor trayectoria documentada; conviene verificar su proporcionalidad con los estudios previos.

“Experiencia como proveedor (SNCC.D.049) con el fin de acreditar experiencia de al menos cinco (05) años en la prestación de servicios conforme al objeto de contratación. Esto mediante la presentación de al menos tres (3) certificaciones, un” (pág. 15)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Capacidad nacional y subcontratación obligatoria si no hay sucursales

Documento del 2 jun 2025 · hace 1 año

El pliego exige capacidad para prestar el servicio a nivel nacional y obliga a subcontratar a quienes no tengan sucursales en todo el país. Esa combinación puede limitar la participación de MIPYMES que podrían atender requerimientos concretos mediante otras capacidades logísticas, sin que el texto citado gradúe la exigencia según los lugares o volúmenes requeridos.

“Los oferentes participantes deberán poseer la capacidad técnica de proveer dicho servicio a nivel nacional. El oferente si no posee sucursales a nivel nacional, deberá subcontratar a fines de poder brindar el servicio solicitado.” (pág. 8)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión automática por tener contratos activos con la institución

Documento del 2 jun 2025 · hace 1 año

El pliego impide adjudicar a cualquier oferente con contratos activos pendientes de entrega o en ejecución con el Ministerio, sin establecer una evaluación individual de su capacidad disponible. Esta condición puede excluir proveedores aunque acrediten capacidad para prestar el servicio.

“No podrán ser adjudicatarios oferentes participantes que posean contratos en estado activo pendientes de entrega o en ejecución, así como también que posean contratos rescindidos por incumplimiento con esta institución.” (pág. 26)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Evaluación de degustación con criterios sensoriales poco definidos

Documento del 2 jun 2025 · hace 1 año

La degustación se evalúa cumple/no cumple con parámetros como sabor y aroma agradables o niveles de sal y grasa adecuados «de acuerdo a los comensales», sin precisar quiénes evalúan ni una escala verificable. La indeterminación puede producir valoraciones distintas entre oferentes.

“Aroma y Sabor agradables a los comensales de la degustación … Niveles de sal y grasa adecuados de acuerdo a los comensales” (pág. 24)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Otros documentos del proceso (27)

  • Acto de inicio pliego..pdfInforme pericial · 2 jun de 2025
  • Convocatoria.pdfDocumento · 2 jun de 2025
  • Requerimiento.pdfSolicitud de compra · 2 jun de 2025
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 2 jun de 2025
  • Acto de inicio pliego..pdfPliego · 2 jun de 2025 · 1 señal
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 2 jun de 2025
  • RPE-F004-Declaracion Jurada.docDocumento · 2 jun de 2025
  • SNCC.D.045-Curriculo Personal.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • SNCC.D.048-Experiencia Profesional Personal.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • SNCC.D049-Experiencia Contratista.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • SNCC.F.034-Presentación de Oferta.docx

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Documento · 2 jun de 2025
  • SNCC.F.042-Información sobre el Oferente.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • SNCC.F.056-Formulario Entrega Muestras.docxDocumento · 2 jun de 2025
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  • ENMIENDA NÚM 1_CP_2025_0007.pdfEnmienda · 11 jun de 2025
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  • ACTA DE ADJUDICACIÓN_CP_2025_0007.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTO NOTARIAL_APERTURA SOBRE B_CP_2025_0007.pdfDocumento · —
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  • CONTRATO 2025_00163_D LUJO FIESTA.pdfContrato · —
  • CUOTA COMPROMISO_D LUJO FIESTA.pdfDocumento · —
  • INFORME ECONÓMICO DEFINITIVO_CP_2025_0007.pdfDocumento · —
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