Verificar el alcance de la exclusividad invocada para proveedor único
· hace 1 año
El informe apoya la excepción en que SYCOD sería el único distribuidor VAR en Latinoamérica, pero también indica que la reventa autorizada se realiza por medio de la APCA SYCOD-BTek. Conviene verificar que esa autorización cubra específicamente las renovaciones requeridas y que sustente que la propuesta seleccionada era la única opción en el mercado; el informe refiere una comunicación del fabricante como respaldo.
“En ese sentido, hemos recibido una comunicación del fabricante Redis en la cual se establece que Computadores y Sistemas Digitales SA de CV (SYCOD) es el único distribuidor VAR en Latinoamérica. El cual por medio del APCA (SYCOD - BTek Solu”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
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