El pliego establece una Licitación Pública Nacional para imprimir banners del Programa Con Base durante el año escolar 2025-2026, con presupuesto base de RD$20,896,000 y cinco lotes. Fija la recepción de ofertas y muestras para el 16 de julio de 2025 a las 11:00 a. m.; contempla pagos parciales y un anticipo de hasta 20%.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (5 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija el anticipo en un plazo máximo de 45 días en una sección y de 25 días en otra. La diferencia introduce incertidumbre sobre el flujo de pago y las condiciones financieras que debían considerarse al preparar las ofertas.
“eeste pago se hará en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la certificación o registro del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Según los antecedentes del proceso, la enmienda del 4 de julio sustituyó las especificaciones de los cinco lotes y mantuvo el cierre para el 16 de julio: quedaron siete días hábiles entre la enmienda y la recepción de ofertas. Conviene verificar si ese plazo fue proporcional a la complejidad de los cambios, como exige el Reglamento.
“Plazo para expedir respuestas, emisión de circulares, enmiendas y/o adendas por parte del Comité de Compras y Contrataciones | Hasta el 04 de julio de 2025. Las ofertas presentadas por el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona