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Abriendo la ficha…

Pliego

FICHA TÉCNICAS.pdf

ADQUISICIÓN DE AIRES ACONDICIONADOS, PARA SER UTILIZADOS EN LAS NUEVAS INSTALACIONES DE LA ESCUELA DE GRADUADOS DE COMANDO Y ESTADO MAYOR NAVAL (EGCMN), ARD. · Armada de República Dominicana

Publicado el 2 jun de 20256 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ARD-CCC-CP-2025-0008

Lo que dice

La ficha técnica de junio de 2025 establece las especificaciones para adquirir 31 aires acondicionados destinados a las nuevas instalaciones de la EGCMN, mediante el proceso ARD-CCC-CP-2025-0008. También fija condiciones de evaluación y declara que las ofertas incompletas o que no cumplan estrictamente las especificaciones serán descartadas.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Conjunto de requisitos técnicos específicos que merece contraste de mercado

Documento del 2 jun 2025 · hace 1 año

La ficha combina requisitos como refrigerante R-410A, conectividad wifi, eficiencia mínima indicada como «18 en adelante» y certificación Energy Star versión 2.x o superior. Conviene verificar si la combinación está disponible entre distintos proveedores y resulta necesaria para el objeto, pues las especificaciones no deben crear obstáculos innecesarios a la participación.

“Refrigerante R-410A … Tecnología Inverter Eficiencia 18 en adelante … Conectividad Wifi … Consumo energía Certificación Energy Star versión 2.x o superior”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 4 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 4 — Definiciones

Artículo 4. Definiciones. En adición a las definiciones establecidas en el artículo 4 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, a los efectos del presente reglamento, serán de aplicación las siguientes definiciones: 1. Adjudicación. Acto administrativo a través del cual la institución contratante selecciona al proveedor que haya presentado la mejor propuesta, de conformidad con los criterios de evaluación fijados en el Pliego de Condiciones y sus Especificaciones Técnicas/ Fichas Técnicas o Términos de Referencia en un procedimiento de contratación pública. 2. Bienes comunes. Son aquellos que pueden ser objetivamente definidos por el mercado, de forma sencilla y corriente debido a que son…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Criterios de evaluación abiertos y sin método definido

Documento del 2 jun 2025 · hace 1 año

La ficha enumera calidad, garantías y facilidades de pago, pero agrega otros criterios y beneficios sin precisar ponderaciones ni cómo se valorarán. Esa indeterminación merece revisión porque puede dificultar que los oferentes anticipen cómo se compararán las propuestas.

“En las evaluaciones serán valoradas, la calidad, buscando que satisfagan nuestras necesidades, las garantías presentadas y las facilidades de pago; así como también otros criterios y beneficios que presenten para hacer competitiva su oferta”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

A revisarHallazgo en documentos

Rechazo general de ofertas incompletas sin distinguir subsanaciones

Documento del 2 jun 2025 · hace 1 año

La ficha dispone que las ofertas incompletas serán descalificadas y que las que no cumplan estrictamente las especificaciones se descartan sin más trámite. La regla, formulada de manera general, merece revisión para determinar si alcanza omisiones formales subsanables, cuya corrección no altere la oferta ni afecte la igualdad de trato.

“Los oferentes deberán presentar ofertas si cumplen con la totalidad de los requerimientos, por lo que, las ofertas incompletas serán descalificadas. … Las ofertas que no cumplan estrictamente con las especificaciones serán descartadas sin m”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

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Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

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Otros documentos del proceso (23)

  • SNCC_D038_Garantia_GFC.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • CONTRATO.docxContrato · 2 jun de 2025
  • SNCC D051 Designacion Agente.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • SNCC D052 Aceptacion Agente.docxDocumento · 2 jun de 2025
  • Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 2 jun de 2025
  • Acto administrativo de inicio de procedimiento.pdfInforme pericial · 2 jun de 2025 · 2 señales
  • Acto de aprobación de la ficha de especificaciones tecnicas.pdfPliego · 2 jun de 2025

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

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Invitacion a Presentar Oferta.pdf
Documento · 2 jun de 2025
  • Pliego Estandar de compra de Bienes.pdfPliego · 2 jun de 2025 · 7 señales
  • Convocatoria.pdfDocumento · 2 jun de 2025
  • Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · 25 jun de 2025 · 1 señal
  • 6. Acta de Apertura Sobre B1.pdfActa · —
  • Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Aprobacion del informe de evaluacion economica.pdfInforme de evaluación · —
  • CONTRATO (58).pdfContrato · —
  • EG1748875871317tH1AN.pdfDocumento · —
  • EG1751485162342NAhSj.pdfDocumento · —
  • Informe Evaluación Económica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —