Rotación de firmas sin alcance definido
· hace 1 año
La ficha exige rotar las firmas revisoras cada dos años, pero no precisa el período de referencia ni cómo se aplica al proceso. Esa ambigüedad dificulta saber qué firmas podrían quedar excluidas o cómo verificar el cumplimiento; el documento afirma que busca fomentar la pluralidad.
“Se requerirá, la rotación obligatoria cada dos años de la firmas revisoras, con el objetivo formentar la pluralidad y tener mejor transparecia en el proceso.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
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