miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

4. Pliego de condiciones LPN-2025-0006.pdf

Adquisición de material de mina y hormigón asfáltico caliente · Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago

Publicado el 28 may de 202543 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CORAASAN-CCC-LPN-2025-0006

Lo que dice

El pliego de la Licitación Pública Nacional CORAASAN-CCC-LPN-2025-0006 establece la adquisición de material de mina y hormigón asfáltico caliente por RD$23,760,000, dividida en dos lotes; la convocatoria fue publicada el 28 de mayo de 2025. Fija requisitos técnicos, financieros y de evaluación, así como la adjudicación de un solo lote por oferente, con una excepción si solo queda un oferente habilitado para ambos. Según el resumen del acta de adjudicación del proceso, el lote 1 se adjudicó por RD$6,804,000 y el lote 2 por RD$16,197,939.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Temperaturas contradictorias para recibir el hormigón asfáltico

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El pliego exige que el material llegue a un mínimo de 160 °C, pero luego fija para la recepción un rango de 150 °C a 160 °C. La contradicción puede producir evaluaciones distintas sobre la conformidad del mismo suministro.

“El material debe llegar al lugar de aplicación a una temperatura mínima de 160ºC. ... El hormigón asfáltico debido a sus características deberá ser entregado en los puntos establecidos por el Departamento de Bacheo y Señalización con una te”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Los códigos comerciales aparecen asignados al lote contrario

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El objeto identifica el lote 1 como material de mina y el lote 2 como hormigón asfáltico, pero asigna a esos lotes, respectivamente, las clases de asfaltos y de barro y tierra. El requisito de RPE repite esa asignación cruzada, lo que puede confundir o restringir la habilitación de proveedores según el lote.

“para el lote 1 Y -clase … Carreteras y paisaje … para el lote 2, por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividades comerciales antes mencionadas para participar del proceso”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

La inspección del campamento no tiene parámetros definidos en el pliego

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El pliego incluye como criterio de cumple/no cumple una certificación pericial sobre la ubicación del campamento, pero no precisa qué ubicación o condiciones debe satisfacer para aprobar. Al ser un requisito habilitante, la falta de parámetros concretos puede dar lugar a resultados no previsibles para los oferentes.

“6. Certificación de inspección pericial que valide la ubicación del campamento, y los equipos presentados en el formulario 036.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

La excepción al límite de un lote por oferente no establece cómo decidir

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

La regla general limita a un lote la adjudicación por oferente, pero permite evaluar otorgarle ambos si solo queda un oferente habilitado para la apertura económica en los dos lotes. El pliego no define cómo se ejercería esa posibilidad ni el criterio de adjudicación aplicable a la excepción.

“En el caso excepcional de que solo quede habilitado un (1) oferente para la apertura de la oferta económica “Sobre B” en los dos (2) lotes, se evaluaría la posibilidad de adjudicar más de un lote para ofertante.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

El criterio de desempate utiliza el menor plazo de entrega

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El pliego favorece, en caso de empate, a quien ofrezca menor tiempo de entrega. El artículo 131 del Reglamento enumera otros criterios de desempate y dispone selección al azar cuando no se presenten esos criterios o el pliego no indique uno; el criterio fijado aquí puede determinar quién gana un lote.

“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a elegir la oferta que entregue en el menor tiempo según su cronograma e entrega para confirmar el cumplimiento con el criterio deberá existir constancia inequívoca en la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas

Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ContextoHallazgo en documentos

El pliego considera descalificables ofertas que excedan en más de 20% el valor referencial

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El pliego establece que las ofertas inferiores o superiores en más de 20% al valor referencial podrán descalificarse como no sustentables o temerarias, con el debido proceso del artículo 130 del Reglamento 416-23 y el umbral publicado en el propio pliego. Ese artículo describe la oferta temeraria como anormalmente baja y su párrafo II refiere la diferencia porcentual 'a la baja', por lo que la extensión a precios altos excede su supuesto; dado que el criterio de adjudicación es el menor precio, el efecto práctico sobre el resultado es limitado.

“En cuanto a la oferta económica, si el precio presentado es inferior o mayor en más de un veinte (20%) por ciento en relación al valor referencial, se considerará no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo o alto para cumplir con”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ContextoHallazgo en documentos

El requisito de notarización de la declaración jurada es contradictorio

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

La lista de documentos exige que la declaración jurada lleve firma de notario, mientras que la tabla de evaluación indica que no la requiere. Esa divergencia puede generar incertidumbre sobre el documento necesario para cumplir el requisito legal.

“Declaración jurada simple (requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el artículo 8 numeral 3 y artículo 14 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. ... Declaración jur”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Oferentes que registra (4)

2 adjudicado · 2 no habilitado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Equipos y Proyectos Civiles, S.R.L. (EQUIPROCI)Adjudicado para el lote 1; el resumen del acta indica que cumplió las exigencias del pliego.AdjudicadoLote 1RD$6,804,000
Asfalto del Cibao, S.R.L.Adjudicado para el lote 2; el resumen del acta indica que cumplió las exigencias del pliego.AdjudicadoLote 2RD$16,197,939
Inversiones Yang, S.R.L.El resumen del acta indica que no figura entre los oferentes habilitados para la apertura económica; no detalla el motivo. El portal registra dos ofertas, sin asociarlas aquí a un lote.No habilitado——
Portoval Constructora, S.R.L.El resumen del acta indica que no figura entre los oferentes habilitados para la apertura económica; no detalla el motivo.No habilitado——

Otros documentos del proceso (31)

  • 1. Código de Ética de la CORAASAN.pdfDocumento · 28 may de 2025
  • 2. D-COR-13 Compromiso con el Código de Ética de la CORAASAN.docxDocumento · 28 may de 2025
  • 3. Formulario de compromiso ético DGCP.docxDocumento · 28 may de 2025
  • 4. SNCC_C023 Contrato Para Bienes. Rev PNP 19.3.2024.docxContrato · 28 may de 2025
  • 8. SNCC_F033 Formulario De Oferta Económica.docxDocumento · 28 may de 2025
  • 9. SNCC_F034 Formulario Presentación de Oferta.docxDocumento · 28 may de 2025
  • 10. SNCC_F036 Formulario Equipos del Oferente.docxDocumento · 28 may de 2025
  • 12. SNCC_F042 Informacion Del Oferente.docxDocumento · 28 may de 2025
  • 19. SNCC_F_056 Formulario de Entrega de Muestras.docxDocumento · 28 may de 2025
  • 1. Acta de Aprobación de la Modalidad y Peritos.pdfInforme pericial · 28 may de 2025
  • 2. Acta de aprobación del pliego.pdfPliego · 28 may de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
  • 3. Apropación Presupuestaria.pdfCertificación de fondos · 28 may de 2025
  • 5. Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 28 may de 2025 · 1 señal
  • 6. Convocatoria periódico.pdfDocumento · 28 may de 2025
  • 7. Convocatorioa periódico HOY lunes 26 de mayo 2025.pngDocumento · 28 may de 2025
  • 8. Convocatorioa periódico HOY martes 27 de mayo 2025.pngDocumento · 28 may de 2025
  • 9. Convocatorioa periódico LA INFORMACIÓN lunes 26 de mayo 2025.pngDocumento · 28 may de 2025
  • 10. Convocatorioa periódico LA INFORMACIÓN martes 27 de mayo 2025.pngDocumento · 28 may de 2025
  • CIRCULAR DE ENMIENDA.pdfEnmienda · 30 jun de 2025
  • Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · 20 ago de 2025
  • Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • Acto notarial sobre B.pdfDocumento · —
  • Acto notarial sobre B.pdfDocumento · —
  • Contrato (Asfálto del Cibao).pdfContrato · —
  • Contrato.pdfContrato · —
  • Cuota a Comprometer - Asfálto del Cibao.pdfDocumento · —
  • Cuota a Comprometer - Equiproci.pdfDocumento · —
  • Informe Final de Evaluación Económico.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe Final de Evaluación Económico.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —