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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones estandar Servicios-INFOTEP-CCC-CP-2025-0017.pdf

“Contratación de Agencia de Viajes para los servicios de boletos aéreos, alojamientos y otros, dirigido a MIPYMES" · Instituto Nacional de formación Técnico Profesional

Publicado el 28 may de 202541 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INFOTEP-CCC-CP-2025-0017

Lo que dice

El pliego del proceso INFOTEP-CCC-CP-2025-0017 establece una comparación de precios dirigida a MIPYMES para contratar servicios de agencia de viajes, con presupuesto base de RD$5,644,800.00, impuestos incluidos. La convocatoria se publicó el 28 de mayo de 2025 y el cronograma fijó la recepción de ofertas entre el 4 y el 5 de junio de 2025. El documento establece que la adjudicación será por lote, según la menor tasa porcentual por servicio, e incluye requisitos legales, financieros y técnicos para habilitar las ofertas.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego condiciona el perfeccionamiento del contrato a su publicación

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El pliego afirma que el contrato se perfecciona con su publicación, aunque también indica que esta se realiza luego de la suscripción. El Reglamento distingue la formalización del contrato de su publicación posterior, por lo que la regla puede generar incertidumbre sobre cuándo comienzan sus efectos.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de INFOTEP en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación

Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio

Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Requisitos técnicos potencialmente restrictivos para agencias de viajes

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

Se exige experiencia de cinco años en servicios de igual magnitud o similares, acreditada con al menos cinco órdenes o certificaciones, además de una certificación IATA vigente. La combinación puede limitar la participación de agencias que podrían prestar el servicio; conviene verificar su proporcionalidad respecto del objeto y presupuesto.

“Resumen de Experiencia mínima de cinco (5) años, en la realización de servicios de igual magnitud o similares (SNCC.D.049), esta experiencia tiene que ser acreditada a través de un mínimo de cinco (05) ordenes de compras y/o servicios o cer”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión automática por reportar un ejercicio fiscal sin operaciones

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El pliego dispone la descalificación si en uno o ambos de los dos últimos ejercicios se reportaron operaciones inexistentes, sin que el texto condicione esa exclusión al resultado de los índices financieros que también exige. Conviene revisar si la exclusión absoluta es proporcional y cómo se aplicó a los participantes.

“Dos (2) últimos Formularios IR-1 o IR-2, con sus Anexos A-1 y B-1 que han debido ser presentados a la DGII. Serán descalificados los oferentes que, en alguno, o ambos, de los dos últimos ejercicios fiscales hayan reportado a la DGII “sin op”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentos

El período del servicio difiere de la vigencia contractual

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El pliego fija el servicio por seis meses o hasta agotar el monto, pero en otra sección establece una vigencia contractual de un año. Podrían referirse a períodos distintos de ejecución y vigencia, pero la relación entre ambos no queda aclarada en estas cláusulas.

“La Convocatoria a Comparación de Precios se hace sobre la base de un servicio de 6 meses o hasta agotar existencia del monto adjudicado, contados a partir del registro del contrato. ... La vigencia del Contrato será de un (01) año, a partir”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

Oferentes que registra (3)

2 mencionado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Caribbean Xam, SRLEl acta de adjudicación indicada en los antecedentes del proceso consigna que cumplió las especificaciones técnicas y las demás condiciones del pliego.AdjudicadoLOTE IRD$5,644,800
Travelista, SRLFigura entre los oferentes; los antecedentes suministrados no consignan su resultado individual de habilitación o evaluación.MencionadoLOTE IRD$5,644,000
Grupo de Inversiones Read Domínguez, SRLFigura entre los oferentes; los antecedentes suministrados no consignan su resultado individual de habilitación o evaluación.MencionadoLOTE IRD$5,644,800

Otros documentos del proceso (15)

  • CERTIFICACION DE FONDOS INFOTEP-CCC-CP-2025-0017.pdfCertificación de fondos · 28 may de 2025
  • OFERTA ECONOMICA-INFOTEP-CCC-CP-2025-0017.xlsxDocumento · 28 may de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRAS INFOTEP-CCC-CP-2025-0017.pdfSolicitud de compra · 28 may de 2025
  • Acto Adm. Aprobación INFOTEP-CCC-CP-2025-0017.pdfInforme pericial · 28 may de 2025
  • Acto Adm. Aprobación INFOTEP-CCC-CP-2025-0017.pdfPliego · 28 may de 2025
  • DOCUMENTOS ESTANDAR DGCP.zipDocumento · 3 jun de 2025
  • ENMIENDA I-INFOTEP-CCC-CP-2025-0017.pdfEnmienda · 3 jun de 2025 · 2 señales
  • Resolución Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · 30 jul de 2025 · 1 señal
  • Acto Autentico Aperturas Sobres B.pdfDocumento · —
  • CERTIFICACION CUOTA COMPROMISO INFOTEP-CCC-CP-2025-0017.pdfCertificación de fondos · —
  • Contrato -CARIBBEAN XAM SRL.pdfContrato · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Informe de Evaluacion y Recomendacion de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Resolución Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • Resolución Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · —