lunes, 26 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto Ciego®MediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto Ciego®MediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto Ciego®Medios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación · Acta JAC-DAF-CM-2025-0024

Acta de Adjudicacion JAC-DAF-CM-2025-0024.pdf

CONTRATACION DE SERVICIOS DE AGENCIA DE VIAJES PARA EL PERSONAL DE LA JAC · Junta de Aviación Civil

Publicado el 28 may de 2025Fechado el 26 may de 20253 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.1770217»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso JAC-DAF-CM-2025-0024

Lo que dice

El acta, fechada el 27 de mayo de 2025, registra cuatro ofertas de RD$1,800,000 cada una y señala que Grupo de Inversiones Read Domínguez, SRL no cumplió la evaluación técnica por no acreditar su membresía activa en ADAVIT. Adjudica a Agencia de Viajes Milena Tours, SRL por RD$1,800,000, impuestos incluidos, por considerar que ofreció el paquete de mayores beneficios para la JAC.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (26 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$1.8 millones

Adjudicación en una secuencia de compras menores recurrentes

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

Este acta agrega una adjudicación de RD$1,800,000 a los seis procesos de 2025 enumerados para el mismo servicio: en conjunto suman RD$12,600,000, y varias convocatorias están separadas por menos de tres meses. Cada estimación individual queda bajo el máximo de RD$1,860,642.55 para compras menores en 2025, pero la repetición del mismo rubro amerita verificar si se aplica alguna de las circunstancias que excluyen la presunción reglamentaria de fraccionamiento; este patrón ya había sido registrado en el proceso.

“por un monto total de (RD$1,800,000.00) impuestos incluidos.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 10 · Reglamento 416-23, art. 87 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 10

ART. 10. La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objeto eludir los procedimientos de selección previstos en esta ley para optar por otros de menor cuantía. PÁRRAFO. Las compras y contrataciones públicas comprendidas en esta ley se desarrollarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley, la utilización de la tecnología informática que permita aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 87 — Fraccionamiento

Artículo 87. Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento, cuando en un lapso menor de tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra convocatoria dentro del mismo año presupuestario para la compra o contratación de bienes, servicios u obras pertenecientes a un mismo rubro-clase. Párrafo. No existirá fraccionamiento: 1. En aquellos procedimientos donde se divida la contratación por etapas posibles, o cuando la convocatoria se regionalice para que participen personas domiciliadas en la región, provincia o municipio, para propiciar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y la contratación de pequeños productores.…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$1.8 millones

Ofertas con iguales montos y tasas de servicio

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El acta registra RD$1,800,000 para las cuatro ofertas y una tasa de servicio de RD$0.01 para cada una. Al no diferenciarse por esos valores, la adjudicación se fundamenta en que Milena Tours presentó el paquete de mayores beneficios; conviene contrastar las ofertas y la evaluación de esos beneficios con los criterios publicados, sin que la igualdad de precios por sí sola pruebe coordinación.

“Agencia de Viajes Milena Tours, SRL Cumple RD$ 0.01 1,800,000.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

A revisarHallazgo en documentos

La falta de membresía en ADAVIT excluyó a un oferente

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El acta registra que Grupo de Inversiones Read Domínguez no cumplió por no acreditar membresía activa en una asociación del sector. Conviene verificar la vinculación y proporcionalidad de ese requisito con el objeto y si podía limitar la participación de agencias que prestan el servicio sin pertenecer a ADAVIT.

“no presento la certificación de que es MIEMBRO/SOCIO ACTIVO de la Asociación Dominicana de Agencias de Viajes y Turismo (ADAVIT) por lo que no cumple con la documentación a presentar.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Oferentes que registra (4)

2 habilitado · 1 adjudicado · 1 no habilitado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Agencia de Viajes Milena Tours, SRLEl acta indica que su propuesta ofreció mayores beneficios para la institución.Adjudicado—RD$1,800,000
Travelista, SRLLa tabla de evaluación económica indica que cumple; el acta no la identifica como adjudicataria.Habilitado—RD$1,800,000
Grupo de Inversiones Read Domínguez, SRLNo presentó la certificación de miembro/socio activo de ADAVIT, según el acta.No habilitado—RD$1,800,000
Viajersa, SRLLa tabla de evaluación económica indica que cumple; el acta no la identifica como adjudicataria.Habilitado—RD$1,800,000

Otros documentos del proceso (10)

  • Solicitud de Compras JAC-DAF-CM-2025-0024.pdfSolicitud de compra · 20 may de 2025
  • Certificacion Presupuestaria JAC-DAF-CM-2025-0024.pdfCertificación de fondos · 20 may de 2025 · 1 señal
  • Especificaciones Tecnicas JAC-DAF-CM-2025-0024.pdfPliego · 20 may de 2025
  • Acto de Inicio JAC-DAF-CM-2025-0024.pdfPliego · 20 may de 2025
  • COMPROMISO ÉTICO.docxDocumento · 20 may de 2025
  • DOCUMENTO ANTI- SOBORNO Y ETICO activo.pdfDocumento · 20 may de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 20 may de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 20 may de 2025
  • Informe final del portalDocumento · —
  • ORDEN 00129 EXP. 0024.pdfDocumento · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →