El documento es un pliego de comparación de precios identificado como INFOTEP-CCC-CP-2025-0014, para equipos informáticos destinados a un centro de formación en Santo Domingo Este; no corresponde al proceso INFOTEP-CCC-CP-2025-0015 descrito en el contexto, sobre centros en Jarabacoa y Puerto Plata. El pliego consigna un presupuesto de RD$3,500.00 en cifras y «Tres Millones Quinientos Mil Pesos» en letras, establece recepción de ofertas hasta el 5 de junio de 2025 y dispone pagos parciales tras la recepción conforme.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma sitúa el inicio de la recepción el 4 de junio, mientras otra sección indica que comienza desde la publicación del 28 de mayo; además, aparece una hora límite de 12:00 A.M. La discrepancia puede generar incertidumbre sobre cuándo presentar ofertas y requiere verificar cuál plazo fue efectivamente publicado y aplicado.
“La recepción de las propuestas se realizará desde el miércoles, 04 de junio de 2025 hasta las 12:00 AM del jueves, 05 de junio … Las ofertas podrán ser recibidas … desde el día miércoles 28 de mayo de 2025 hasta el jueves, 05 de junio”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego establece que INFOTEP no pagará intereses por retrasos, aunque el Reglamento dispone que el contrato debe indicar los intereses aplicables por mora. La cláusula afecta las condiciones económicas de los proveedores y merece revisión, especialmente ante el plazo de pago de hasta 45 días tras la recepción conforme y la facturación.
“• El INFOTEP, no pagará bajo ningún concepto interés alguno por retrasos en los pagos.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona