Referencias reglamentarias no corresponden a lo que se les atribuye
· hace 1 año
El acta atribuye al artículo 36 del Reglamento 416-23 las facultades del Comité para designar peritos, aprobar las bases y seleccionar el procedimiento; ese artículo regula incidencias del SECP. También atribuye al artículo 82 la aprobación de documentos estándar, aunque este trata la evaluación de credenciales. Las facultades del Comité y la emisión de documentos estandarizados se regulan en los artículos 8 y 6, respectivamente; conviene verificar la fundamentación consignada.
“Que según las atribuciones conferidas a este Comité de Compras y Contrataciones a través del articulo 36 del Reglamento de Aplicación , le corresponde la designación de los peritos, la aprobación de las bases de la contratación y la selecci”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 6 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 6 — Documentos estandarizados
Artículo 6. Documentos estandarizados. En el marco del ejercicio de función de centralización de las políticas y normas del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, la Dirección General emitirá modelos de pliegos de condiciones y documentos estandarizados que deberán ser utilizados por las instituciones contratantes y los proveedores con el objetivo de universalizar, homologar y unificar los expedientes de los procedimientos de selección. Párrafo. Sin perjuicio del objetivo anterior, no será motivo de descalificación la oferta de un proveedor o motivo de la nulidad de un acto o etapa del procedimiento de selección, el que no se hayan utilizado los documentos estandarizados, siempre que…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →