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Pliego

9. Pliego de Condiciones MICM-CCC-CP-2025-0009.pdf

Readecuación de los Baños de la Torre MICM - Proceso en el marco de cumplimiento del Decreto 617-22, la Política de Compras Verdes y el Sistema de Gestión Ambiental del MICM · Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes

Publicado el 22 may de 202563 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MICM-CCC-CP-2025-0009

Lo que dice

El pliego de mayo de 2025 convoca una comparación de precios para readecuar los baños de la Torre MICM, con presupuesto base de RD$5,750,000 y adjudicación por lote al menor precio que cumpla los requisitos. Establece dos lotes, requisitos técnicos, financieros y ambientales, y un cronograma cuya recepción de ofertas estaba prevista para el 16 de junio de 2025. El documento es el pliego original y no contiene una decisión de habilitación, adjudicación o declaración de desierto.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia y actividad principal exigidas como condiciones habilitantes

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

El pliego exige al menos tres años de experiencia en proyectos similares y que esos trabajos constituyan la actividad comercial principal del oferente; también pide dos cartas de satisfacción. Para una obra presupuestada en RD$5,750,000, esta combinación puede limitar la participación de contratistas con capacidad técnica pero sin esa trayectoria o actividad principal, y merece revisión por proporcionalidad.

“Las ofertas deberán contener la documentación técnica solicitada en 10.1.2 “Documentación técnica” para demostrar que está técnicamente capacitado para suplir las necesidades suministradas en este pliego de condiciones, que posea la experie”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Retención del 5 % para pagar supervisión de la obra

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

El pliego prevé retener un 5 % del costo de la obra para pagar al personal técnico que la inspeccionará y supervisará. Conviene verificar el cálculo, el destino y la forma de liquidar esta deducción, que afecta el monto neto que recibiría el contratista.

“La Entidad Contratante retendrá, además, un cinco por ciento (5%) del costo de la Obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará residentemente en la Obra y un uno por ciento (1%) en virtud de la Ley 6-86, de fecha 0”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Cotizaciones originales de terceros obligatorias para partidas alzadas

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

Para cada precio alzado, el pliego exige cotizaciones originales firmadas y selladas de las fuentes de suministro y ordena descalificar si faltan. Es un control documental específico, pero su exigencia puede dificultar la participación y conviene verificar su proporcionalidad y aplicación uniforme.

“Nota: los DaiUcipantes del proceso deberán sustentar técnicamente sus partidas de precios alzados (PA) con cotizaciones en orioinal (firmadas y selladas) de sus fuentes de suministro de bienes v servicios. En ese orden, en caso de presentar”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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El plazo de la garantía de fiel cumplimiento queda ambiguo

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

El pliego fija en un pasaje una vigencia de un año desde la notificación de adjudicación y en otro exige que se mantenga hasta la liquidación. La diferencia importa si la liquidación ocurre después del año y debe aclararse para asegurar la cobertura durante toda la ejecución y cierre contractual.

“La garantía de fiel cumplimiento de contrato, con una vigencia de un (1) año contando a partir de la fecha de notificación de adjudicación. … La vigencia de la garantía será de mínimo un (1) años contados a partir de la constitución de la m”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…

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El pliego condiciona el perfeccionamiento a publicación y registro

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

El pliego define el perfeccionamiento como posterior a la publicación y, para entidades sujetas a la Ley 10-07, al registro en Contraloría. El reglamento dispone la publicación dentro de los cinco días hábiles posteriores al perfeccionamiento; la secuencia consignada merece aclaración para determinar cuándo comienzan las obligaciones contractuales.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP-Portal Transaccional y en el portal institucional del MICM, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, en ei caso de las institu”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación

Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.

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Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio

Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.

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Otros documentos del proceso (24)

  • 1. Requerimiento DM 01-2025.pdfDocumento · 22 may de 2025
  • 1.2 Requerimiento DM 08-25.pdfDocumento · 22 may de 2025
  • 2. Permiso de la Presidencia PR-IN-2025-8077.pdfDocumento · 22 may de 2025
  • 3. SNCC.D.001 Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 22 may de 2025 · 1 señal
  • 4. Certificado de Apropiacion Presupuestaria.pdfCertificación de fondos · 22 may de 2025
  • 5. DF-2404 Certificado de Existencia de Fondos.pdfCertificación de fondos · 22 may de 2025
  • 6. Acta de Inicio No. 044-2025 MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfInforme pericial · 22 may de 2025
  • 7. Compromiso Ètico MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfPliego · 22 may de 2025 · 1 señal
  • 8. Convocatoria MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfDocumento · 22 may de 2025
  • 10. Anexos - Formularios.rarDocumento · 22 may de 2025
  • 11. Acto Administrativo 016-2025 Enmienda I MICM-CCC-CP-2025-0011.pdfEnmienda · 12 jun de 2025

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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  • Acto Administrativo 016-2025 Enmienda I MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfEnmienda · 12 jun de 2025
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  • Acta 57-2025 que Conoce Sustitución de Perito Técnico MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfInforme pericial · 18 jun de 2025
  • Circular 01 Notificacion de Errores Subsanables FEMI SOLUCIONES.pdfCircular · 4 jul de 2025
  • Acta 066-2025 que Conoce Sobre Sustitucion Perito Legal.pdfInforme pericial · 9 jul de 2025
  • Acta 071-2025 que Aprueba el Informe Preliminar MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfInforme de evaluación · 18 jul de 2025 · 1 señal
  • Informe Definitivo MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfInforme de evaluación · 18 jul de 2025 · 2 señales
  • Informe Preliminar MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfInforme de evaluación · 18 jul de 2025
  • Acta 073-2025 que Declara Desierto el Proceso MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfActa · 18 jul de 2025 · 1 señal
  • Notificacion de Declaracion de Desierto MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfActa · 18 jul de 2025
  • Acta Notarial 03-25 Sobre A MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfActa · 18 jul de 2025 · 2 señales
  • Acta 073-2025 que Declara Desierto el Proceso MICM-CCC-CP-2025-0009.pdfActa · 18 jul de 2025 · 2 señales