miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO-ITSC -CCC-SI-2025-0005 v1.pdf

"Adquisición de Pantallas Interactivas Digitales para el Instituto Técnico Superior Comunitario ITSC)” · Instituto Técnico Superior Comunitario

Publicado el 22 may de 202553 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ITSC-CCC-SI-2025-0005

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para adquirir 100 pantallas interactivas digitales mediante subasta inversa electrónica, con presupuesto base de RD$70,000,000.00 y mejora mínima de puja de 1% por el total. Prevê una puja de 15 minutos y un plazo de entrega de hasta 90 días hábiles desde el registro del contrato, aunque otra cláusula fija un plazo de entrega no mayor a 45 días hábiles. Incluye requisitos técnicos, financieros y de experiencia para habilitar a los oferentes.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Capacidad de plataforma exigida muy superior a la cantidad adquirida

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

El pliego exige que la plataforma gestione hasta 50,000 pantallas simultáneamente, mientras la compra comprende 100 unidades. Esa diferencia puede limitar las soluciones que cumplen y amerita verificar su justificación técnica y proporcionalidad respecto del objeto.

“Operación y gestión centralizada de hasta 50,000 pantallas simultáneamente de manera remota.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Infraestructura local del fabricante como condición de participación

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

Se exige que el fabricante tenga un almacén o centro de distribución establecido en República Dominicana. La condición puede restringir la participación por una característica de ubicación del fabricante, aunque el oferente pueda ofrecer repuestos y mantenimiento por otros medios; conviene comprobar su necesidad y proporcionalidad para el suministro.

“El fabricante de los equipos ofertados deberá contar con un almacén o centro de distribución localizado en la República Dominicana, debidamente establecido, que garantice la disponibilidad oportuna de repuestos y componentes.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia previa exigida con alcance y monto similares

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

El pliego exige experiencia mínima de un año y al menos una referencia de trabajo de naturaleza similar en alcance y monto, además de un caso de éxito de características similares. La acumulación de exigencias de experiencia puede reducir la participación; corresponde verificar que sean proporcionales al contrato y estén justificadas en los estudios previos.

“El oferente deberá presentar evidencia verificable de, al menos, un (1) caso de éxito en la implementación de naturaleza similares, en términos de alcance y monto, ejecutado en instituciones del sector público, empresas privadas u organizac”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Plazos de entrega incompatibles dentro del pliego

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

El pliego establece un plazo máximo de 90 días hábiles en las cláusulas de entrega, pero en la sección de entregas a requerimiento fija un periodo no mayor a 45 días hábiles. La discrepancia puede cambiar las condiciones de ejecución y la preparación de las ofertas, por lo que debe aclararse cuál plazo rige.

“El plazo de entrega previsto de los bienes está establecido en un periodo máximo de Noventa (90) días hábiles luego del registro del contrato ante la Contraloría General de la República. … solicitará que el objeto de la contratación se cump”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 20 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

A revisarHallazgo en documentos

Inscripción previa en el RPE como requisito de oferta

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

El pliego exige que el oferente esté previamente inscrito en el RPE. El Reglamento permite presentar la solicitud de inscripción junto con la oferta y formalizarla durante el período de subsanación de las ofertas técnicas, por lo que la exigencia previa puede excluir a interesados que podrían participar conforme a esa alternativa.

“Estar previamente inscrito en el Registro de Proveedores del Estado (RPE).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 7 · Reglamento 416-23, art. 16 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 7

ART. 7. Las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en cualquier proceso de compra o contratación deberán estar inscritas en el Registro de Proveedores del Estado, o conjuntamente con la entrega de ofertas deberán presentar su solicitud de inscripción. PÁRRAFO. Los reglamentos de esta ley establecerán la organización del Registro, sus funciones y procedimientos, incluyendo el de inhabilitación, siempre observando el criterio de simplificación administrativa.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 16 — De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado

Artículo 16. De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. Las personas físicas o jurídicas interesadas en hacer ofertas de bienes, servicios, y ejecución de obras, deberán estar inscritas en el correspondiente registro o, conjuntamente con la entrega de su oferta, presentarán copia de la solicitud de inscripción, la cual deberá formalizarse durante el período de subsanación de las ofertas técnicas. Párrafo I. Podrán inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado, personas físicas y jurídicas nacionales o extranjeras, consorcios conformados por personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, asociaciones sin fines de lucro y cooperativas, así como otras personas…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Otros documentos del proceso (21)

  • Acta de aprobacion del pliego ITSC-CCC- SI-2025-0005.pdfPliego · 22 may de 2025 · 1 señal
  • Aprobación OGTIC-ITSC-CCC-SI-2025-0005.pdfDocumento · 22 may de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores (1).docxDocumento · 22 may de 2025
  • Designacion de peritos ITSC-CCC-SI-2025-0005.pdfInforme pericial · 22 may de 2025
  • Modelo contrato-ejecucion-de-bienes (1).docxContrato · 22 may de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica (2) (4).docxDocumento · 22 may de 2025
  • SNCC_F034_Presentación_de_Oferta.docxDocumento · 22 may de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (2).docxDocumento · 22 may de 2025
  • Solicitud de compra ITSC-CCC-SI-2025-0005.pdfSolicitud de compra · 22 may de 2025 · 1 señal
  • BORRADOR CONTRATO MODIFICADO-ITSC-CCC-SI-2025-0005.docxContrato · 29 may de 2025
  • Registro de enmienda-ITSC-CCC-SI-2025-0005_0001.pdfEnmienda · 29 may de 2025 · 1 señal

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Ver todos los detalles →
  • Resolucion-ITSC-CCC-SI-2025-0005_0001.pdfResolución · 29 may de 2025
  • Circular de respuesta-ITSC-CCC-SI-2025-0001 F_0001.pdfCircular · 5 jun de 2025 · 2 señales
  • Circular de respuesta-ITSC-CCC-SI-2025-0001 F_0001.pdfCircular · 5 jun de 2025 · 1 señal
  • ENMIENDA PLIEGO DE CONDICIONES ITSC-CCC-SI-2025-0005 (1).pdfEnmienda · 6 jun de 2025 · 1 señal
  • Circular de respuestas-ITSC-CCC-SI-2025-0005 MODIFICADA.pdfCircular · 6 jun de 2025 · 1 señal
  • Circular de respuestas-ITSC-CCC-SI-2025-0005-Modificada-3.pdfCircular · 6 jun de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACION-ITSC-CCC-2025-0005_0001.pdfActa de adjudicación · 27 jun de 2025 · 1 señal
  • Acta de apertura SOBRE A-ITSC-CCC-SI-2025-0005_0001.pdfActa · —
  • Contrato -ITSC-CCC-SI-2025-0005_0001.pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —