El Acta núm. 0003/2025, de 2025-05-22, adjudica a Bienvenido Abreu P., SRL el lote 1 y declara desiertos los lotes 2 y 3 por no haber oferentes habilitados para adjudicar. El acta registra a esa empresa como la única habilitada; Dienzo Servicios Diversos, SRL y Grúas Colón, SRL constan como no habilitadas, sin detallar en este documento los motivos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica el lote 1; según el resumen del pliego, ese lote estimaba 900 remolques a RD$2,500 cada uno (RD$2,250,000), mientras el portal registra un contrato por RD$2,868,749. El portal indica que el contrato está modificado, lo que podría explicar la diferencia; conviene verificar el alcance y la modificación frente a la adjudicación.
“SEGUNDO: Adjudicar, en el marco del proceso de CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE GRÚA PARA REMOLQUE A SER UTILIZADO EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO, con referencia núm. AYUNTAMIENTO STGO-CCC-CP-2025-0002, dentro del lote 1, al siguiente oferente:”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta adjudica el servicio de grúa a Bienvenido Abreu P., SRL. En la consulta de DGII del 2026-09-27, la actividad registrada de la empresa figura como venta de vehículos usados; ese dato posterior no demuestra cuál era su actividad al adjudicarse ni que careciera de capacidad, pero amerita verificar las credenciales y experiencia del expediente.
“LOTE | NOMBRE DEL OFERENTE | ESTADO 1 | BIENVENIDO ABREU P, S.R.L. | ADJUDICATARIO”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona