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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO-DE-CONDICIONES-SEGUNDA-VERSION.pdf

ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS DEL MISPAS Y SUS DEPENDENCIAS · Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

Publicado el 22 may de 2025118 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MISPAS-CCC-SI-2025-0001

Lo que dice

El pliego, identificado como segunda versión y fechado únicamente en mayo de 2025, establece una subasta inversa para adquirir materiales eléctricos del MISPAS y sus dependencias, dirigida a MIPYMES y dividida en dos lotes, con presupuesto base total de RD$8,819,335. Fija la presentación de ofertas para el 26 de mayo de 2025, la puja electrónica para el 4 de junio y un plazo de entrega de hasta 30 días hábiles. El documento también contiene requisitos de participación y evaluación técnica cuya redacción presenta diferencias internas que ameritan verificación.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Capacidad de los componentes indicada por debajo del tablero de 2,500 A

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

Para el tablero de distribución exterior identificado como de 2,500 A, la ficha consigna barras principales de 1,000 A y espacio para un interruptor principal de 2,000 A. La relación entre esos valores y la capacidad nominal del tablero requiere aclaración técnica para asegurar que las ofertas sean comparables y que el bien satisfaga la necesidad descrita.

“Panel Board de 2500 AMI … para ser usado en el exterior • Espacio para mainbreakcr … de 2000 • Barras principales con capacidad de 1000 AM P”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego exige inscripción previa en el RPE

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

El pliego condiciona la participación a estar previamente inscrito en el RPE. La Ley y el Reglamento permiten también presentar con la oferta la solicitud de inscripción, que puede formalizarse durante la subsanación técnica; la exigencia más restrictiva podría excluir a potenciales oferentes que estén tramitando su registro.

“a) Estar previamente inscrito en el Registro de Proveedores del Estado.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 7 · Reglamento 416-23, art. 16 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 7

ART. 7. Las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en cualquier proceso de compra o contratación deberán estar inscritas en el Registro de Proveedores del Estado, o conjuntamente con la entrega de ofertas deberán presentar su solicitud de inscripción. PÁRRAFO. Los reglamentos de esta ley establecerán la organización del Registro, sus funciones y procedimientos, incluyendo el de inhabilitación, siempre observando el criterio de simplificación administrativa.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 16 — De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado

Artículo 16. De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. Las personas físicas o jurídicas interesadas en hacer ofertas de bienes, servicios, y ejecución de obras, deberán estar inscritas en el correspondiente registro o, conjuntamente con la entrega de su oferta, presentarán copia de la solicitud de inscripción, la cual deberá formalizarse durante el período de subsanación de las ofertas técnicas. Párrafo I. Podrán inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado, personas físicas y jurídicas nacionales o extranjeras, consorcios conformados por personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, asociaciones sin fines de lucro y cooperativas, así como otras personas…

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A revisarHallazgo en documentos

El requisito de muestras tiene excepciones distintas en dos secciones

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

La documentación técnica exceptúa de muestras los ítems 1, 4, 7, 10, 25, 26 y 27, mientras que la tabla de evaluación menciona únicamente los ítems 25, 26 y 27. La diferencia puede alterar qué ofertas se consideran completas y cómo se aplica el criterio de habilitación.

“Formulario de Presentación de Muestras (Formulario SNCC.F.056) y muestras exactas de los productos a ofertar. Aplicable para el lote I y II, a excepción de los ítems , , , , , y del lote II. … Formulario de Presentación de Muestras (Formula”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

ContextoHallazgo en documentos

No queda claro si para los gabinetes se exigen planos o una carta

Documento del 22 may 2025 · hace 1 año

Para los ítems 25, 26 y 27 del lote II, la lista de documentos exige planos de diseño no subsanables, pero la tabla de evaluación indica como criterio la presentación de una carta con lo requerido. La diferencia deja incierto qué evidencia concreta se evaluará para habilitar la oferta técnica.

“Planos de diseño de gabinetes correspondientes a los ítems , y del lote II. (No Subsanable) … Planos de diseño de gabinetes correspondientes a los ítems , y del lote II. Presentación de carta con lo requerido según el pliego de condiciones.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Otros documentos del proceso (35)

  • SOLICITUD-DE-COMPRAS-MISPAS-CCC-SI-2025-0001.pdfSolicitud de compra · 2 abr de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxInforme pericial · 2 abr de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxPliego · 2 abr de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 2 abr de 2025
  • CODIGO-DE-PAUTAS-ETICA-E-INTEGRIDAD.pdfDocumento · 2 abr de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores (11).docxDocumento · 2 abr de 2025
  • contrato-ejecucion-de-bienes-manual.docxContrato · 2 abr de 2025
  • SNCC_D038_Garantia_GFC.docxDocumento · 4 abr de 2025
  • FICHA-TECNICA-MISPAS-CCC-SI-2025-0001.pdfPliego · 11 abr de 2025 · 3 señales
  • LISTADO-DE-BIENES-MISPAS-CCC-SI-2025-0001.pdfDocumento · 11 abr de 2025
  • PLIEGO-DE-CONDICIONES-MISPAS-CCC-SI-2025-0001.pdfPliego · 15 may de 2025 · 5 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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ACTA-DE-APROBACION-DE-INICIO-DE-PROCESO-MISPAS-CCC-SI-2025-0001.pdfInforme pericial · 15 may de 2025 · 1 señal
  • CONVOCATORIA-MISPAS-CCC-SI-2025-0001.pdfDocumento · 15 may de 2025
  • FICHAS-TECNICAS-MODIFICADA-.pdfDocumento · 22 may de 2025
  • LISTA-DE-BIENES-MODIFICADA-.pdfDocumento · 22 may de 2025
  • ACTA-ADMINISTRATIVA-QUE-ENMIENDA-EL-PLIEGO-DE-CONDICIONES-SEGUNDA-VERSION-.pdfEnmienda · 22 may de 2025
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  • NOTIFICACION-DE-ERRORES-U-OMISIONES-DE-NATURALEZA-SUBSANABLE-GEDESCO-SRL-MISPAS-CCC-SI-2025-0001.pdfDocumento · 28 may de 2025
  • MISPAS-CCC-SI-2025-0001-NOTIFICACION-DE-OFERENTE-HABILITADOS-NO HABILITADOS-CONSTRUCTORA-JUACHAM-SRL.pdfInforme de evaluación · 3 jun de 2025
  • MISPAS-CCC-SI-2025-0001-NOTIFICACION-DE-OFERENTES-HABILITADOS-NO HABILITADOS-GEDESCO-SRL.pdfInforme de evaluación · 3 jun de 2025 · 1 señal
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  • Acta-Num-0196-2025-ACTA-DE-ADJUDICACION-MISPAS-CCC-SI-2025-0001.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta-Num-0196-2025-ACTA-DE-ADJUDICACION-MISPAS-CCC-SI-2025-0001.pdfActa de adjudicación · —
  • Contrato num. 090-2025 Gedesco SRl. MISPAS-CCC-SI-2025-0001 (Lote I).pdfContrato · —
  • Contrato num. 091-2025 Gedesco SRL MISPAS-CCC-SI-2025-0001 (Lote II).pdfContrato · —
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  • Informe final del portalDocumento · —
  • MISPAS-CCC-SI-2025-0001-FE-DE-ERRATA.pdfDocumento · —
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