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Estudio previo

ESTUDIOS PREVIOS SILICA GEL.pdf

ADQUISICIÓN DE 1,125 LIBRAS DE SILICA GEL PARA TRANSFORMADOR · Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana

Publicado el 20 may de 20254 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ETED-CCC-LPN-2025-0019

Lo que dice

El estudio previo justifica la adquisición de 1,125 libras de sílica gel para transformadores y estima un costo total de RD$6,750,000, incluidos impuestos. Propone un anticipo del 20% y limita la presentación de ofertas a empresas autorizadas por el fabricante. También describe consecuencias por retrasos y por presentar varias ofertas con un representante común.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$6.8 millones

Presupuesto base de RD$6,000/lb quedó 80.7% por encima del precio adjudicado

Documento del 20 may 2025 · hace 1 año

El estudio previo estimó RD$6,000 por libra (RD$6,750,000 en total, ITBIS incluido), en línea con el PACC 2025 (RD$5,220/lb) y por encima del proceso comparable de 2024 (RD$4,176/lb). La oferta adjudicada a Terlini Dominicana fue de RD$1,156.40 por libra (RD$1,300,950), un 80.7% por debajo del presupuesto base, pese a que el pliego considera temeraria toda oferta a más del 50% por debajo de ese base. La mediana de RD$883.50 por unidad citada en el hallazgo original no consta en los datos disponibles.

“El costo estimado de este pedido hace un total de RD$6,750,000.00 de acuerdo con las estimaciones del mercado, tomada de las referencias realizadas de compras anteriores, este monto tiene impuesto incluido del 18%.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos

Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Autorización del fabricante como barrera de participación

Documento del 20 may 2025 · hace 1 año

El estudio dispone que solo presenten ofertas empresas autorizadas por el fabricante. Esa condición puede reducir la competencia a distribuidores autorizados y el documento no concreta cómo se acredita la autorización ni justifica por qué es necesaria para este objeto; conviene verificar su incorporación y aplicación en las bases.

“Para garantizar que los insumos cumplan con la seguridad y certificaciones del fabricante en este proceso deben presentar ofertas solo las empresas autorizadas por el fabricante.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Regla general de sanción por representante común

Documento del 20 may 2025 · hace 1 año

El estudio anuncia sanciones disciplinarias por presentar varias ofertas de empresas con el mismo representante, sin distinguir si existe coordinación entre ellas ni describir un procedimiento de comprobación. La regla puede excluir participantes por el solo vínculo de representación y merece contrastarse con los criterios objetivos y las condiciones de participación fijados en el pliego.

“Presentar varias ofertas cuyo representante de esas empresas sea la misma persona, esto conllevará a sanciones disciplinaria, porque esta acción viola los principios éticos de libre competencia.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (15)

  • ACTA DE INICIO LPN-2025-0019.pdfInforme pericial · 16 may de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRAS LPN-2025-0019.pdfSolicitud de compra · 20 may de 2025 · 1 señal
  • CF SILICA GEL.pdfCertificación de fondos · 20 may de 2025
  • INVITACION LPN-2025-0019.pdfDocumento · 20 may de 2025
  • CONVOCATORIA FIRMA LPN-2025-0019.pdfDocumento · 20 may de 2025
  • FICHA TECNICA EDIT DMI-FSSEE-146 Silica Gel.xlsxPliego · 20 may de 2025
  • FICHA TECNICA FIRMADA.pdfPliego · 20 may de 2025
  • TDR SILICA GEL.pdfDocumento · 20 may de 2025
  • PLIEGO ETED-CCC-LPN-2025-0019 ADQ. 1125 LB SILICA GEL .pdfPliego · 20 may de 2025 · 5 señales
  • ACTA APROBACION INFORME ECONOMICO LPN-2025-0019.pdfActa · 9 mar de 2026 · 2 señales
  • ACTA APROBACION INFORME ECONOMICO LPN-2025-0019.pdfActa · —

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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ACTA NOTARIAL ETED-LPN-2025-0019 (SOBRE B).pdf
Acta · —
  • CONTRATO No.102-26.pdfContrato · —
  • INFORME EVALUACION ECONOMICA LPN-2025-0019.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —