domingo, 18 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones estandar Obras (1).pdf

Construcción de Aceras, Contenes, Encaches y Asfaltado en los sectores La Palmita, Luciano García y Coronel Lora Fernández, El Higüerito. · Junta de Distrito Municipal el Higuerito

Publicado el 20 may de 2025Fechado el 7 may de 202547 páginasEn el mensaje «RE: pliego de condiciones»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso JDMH-CCC-CP-2025-0002

Lo que dice

El pliego, fechado el 8 de mayo de 2025, establece las condiciones para contratar la construcción de aceras, contenes, encaches y asfaltado en tres sectores de El Higüerito mediante comparación de precios. Fija un presupuesto base de RD$17,838,250.00 y un plazo de ejecución de hasta 180 días, y consigna un cronograma con recepción de ofertas el 5 de junio de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Cronograma abre ofertas económicas antes de concluir la evaluación técnica

Documento del 20 may 2025 · hace 1 año

El pliego fija la notificación de oferentes habilitados para el 10 de junio, antes de que termine la subsanación y su ponderación el 11 de junio. Además, programa la apertura económica a las 10:00 a. m. del 11 de junio, antes de la ponderación prevista para las 4:00 p. m.; la secuencia consignada no asegura que la evaluación técnica y su notificación precedan a la apertura económica.

“de subsanaci6n para el (la) oferente y de respuesta a las aclaraciones de Miercoles 11 de junio de 2025 -10:00 am la oferta tecnica. (Articulos 122 y 129 Reglamento num. 416-23) 9. Periodo de ponderaci6n (evaluaci6n) de … subsanaciones”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas

Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas

Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Condición de participación limita las categorías de oferentes

Documento del 20 may 2025 · hace 1 año

El pliego reserva la participación a empresas cuya actividad principal sea la construcción y a personas físicas ingenieras civiles o arquitectas inscritas en el CODIA y al día en la colegiatura. También vincula la habilitación a rubros comerciales que califica como “preferiblemente”, lo que deja ambigua la aplicación del requisito y puede restringir la concurrencia de otros oferentes con capacidad pertinente.

“Este proceso esta dirigido exclusivamente a personas jurfdicas cuya actividad principal sea la construcci6n de obras y a personas ffsicas que sean ingenieros civiles, y arquitectos debidamente inscritos y registrados en el Colegio”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego contradice el carácter subsanable de documentos financieros

Documento del 20 may 2025 · hace 1 año

La tabla clasifica los estados financieros como no subsanables, pero otra sección declara subsanable su omisión al presentar la oferta. La contradicción puede generar criterios distintos sobre la admisión o descalificación de oferentes por el mismo defecto documental.

“Estado(s) Financiero(s) de los últimos dos años (02) de los último(s) ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s) (2022-2023 / 2023-2024) certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado), donde se verificará lo”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Criterio de adjudicación quedó sin definir en el pliego

Documento del 20 may 2025 · hace 1 año

El apartado de adjudicación conserva la instrucción de insertar el criterio, sin indicar cuál se aplicará. Al no quedar establecido si se adjudica por menor precio, menor costo o mayor puntaje, los oferentes no tienen definido el criterio que determinará la selección.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es [Insertar el criterio de adjudicación de los indicados en el artículo 83 del Reglamento 416-23]”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

Texto oficial completo

Otros documentos del proceso (19)

  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 15 may de 2025
  • SNCC_D044_Enfoque_y_Metodologia.docxDocumento · 15 may de 2025
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal (1).docxDocumento · 15 may de 2025
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal (1).docxDocumento · 15 may de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista (1).docxDocumento · 15 may de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica (1).docxDocumento · 15 may de 2025
  • SNCC_F036_Equipos_Oferente.docxDocumento · 15 may de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 15 may de 2025
  • ESPECIFICACIONES TECNICAS.pdfPliego · 16 may de 2025 · 2 señales
  • Aprobacion Modalidad y Peritos.pdfInforme pericial · 16 may de 2025 · 1 señal
  • Solicitud de Compra (1).pdfSolicitud de compra · 16 may de 2025 · 2 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ACTA DE SESION APROBACION PRESUPUESTO 2024.pdf
Pliego · 16 may de 2025 · 1 señal
  • Listado de Partidas Calle Luciano Garcia el Cementerio.xlsxDocumento · 19 may de 2025
  • Listado de Partidas Calle Guelo Hernandez (La Palmita).xlsxDocumento · 19 may de 2025
  • Listado de Partidas Calle Coronel Lora La Bomba.xlsxDocumento · 19 may de 2025
  • Listado de Partidas Calle Coronel Lora La Bomba.xlsxPliego · 19 may de 2025
  • Listado de Partidas Calle Guelo Hernandez (La Palmita).xlsxPliego · 19 may de 2025
  • Listado de Partidas Calle Luciano Garcia el Cementerio.xlsxPliego · 19 may de 2025
  • Justificación de cancelación de proceso.pdfInforme justificativo · 27 may de 2025 · 1 señal