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Pliego

Pliego De Condiciones_003.pdf

AMPLIACION Y READECUACION DE CENTROS DE SALUD A NIVEL NACIONAL · Servicio Nacional de Salud

Publicado el 16 may de 202561 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SNS-CCC-LPN-2025-0018

Lo que dice

El pliego de la Licitación Pública Nacional SNS-CCC-LPN-2025-0018 establece las condiciones para ampliar y readecuar centros de salud en cinco lotes, con presupuesto base de RD$175,950,110.86. Define requisitos técnicos, financieros y de experiencia, y dispone que la adjudicación será por lote según el menor precio sujeto a sus criterios de evaluación; el documento está fechado únicamente en mayo de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Criterio de adjudicación mezcla menor precio y promedio general

Documento del 16 may 2025 · hace 1 año

El pliego anuncia adjudicar al menor precio, pero también introduce un rango basado en el promedio general menos 5%. El mecanismo puede excluir ofertas de menor precio por quedar fuera de ese rango y no queda explicado cómo se concilia con el criterio general; merece revisión por su efecto en la selección.

“La Comisión de Evaluación procederá a seleccionar al Proveedor del Estado cuya propuesta económica se ha identificado como la más baja, dentro del parámetro del CINCO POR CIENTO (5%) DEL PROMEDIO GENERAL, anteriormente explicado, siempre”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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A revisarHallazgo en documentos

Prohibición amplia a empresas que coincidan en algún socio

Documento del 16 may 2025 · hace 1 año

El pliego impide la participación simultánea de empresas que coincidan en cualquiera de sus socios, sin indicar un umbral de participación ni distinguir entre control común y una participación minoritaria. Esta condición puede reducir el número de ofertas admisibles y restringir la competencia entre personas jurídicas distintas.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identificación de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Equipamiento mínimo extenso y no subsanable para todos los lotes

Documento del 16 may 2025 · hace 1 año

El pliego exige, como mínimo y sin posibilidad de subsanación, una relación extensa de equipos que incluye maquinaria pesada, varios tipos de grúas y camiones. Al aplicarse a lotes con alcances distintos —incluidas readecuaciones hospitalarias y correcciones eléctricas—, la exigencia común puede limitar la participación si no está justificada por las necesidades de cada lote.

“3. Formulario Equipos del Oferente (SNCC.F.036). Para equipos propios: anexar copia de las matrículas y/o facturas y/o carta indicando que es propietario de estos. Para equipos alquilados: anexar … Motoniveladora ≥ 170HP | 1”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Exigencias de solvencia y crédito vinculadas al presupuesto del proyecto

Documento del 16 may 2025 · hace 1 año

Además de los indicadores financieros, el pliego exige instrumentos bancarios por el 20% del presupuesto de referencia del lote o proyecto y, por separado, facilidades de crédito en al menos dos empresas comerciales. La acumulación de estas condiciones puede elevar la barrera financiera de entrada; conviene verificar su proporcionalidad respecto del valor y alcance de cada lote.

“Presentar documentación a nombre del oferente, que avale solvencia económica y certifique cuentas bancarias, certificados financieros, líneas de crédito u otros instrumentos bancarios, por el veinte por ciento (20%) de la totalidad del”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Experiencia hospitalaria exigida mediante requisitos acumulativos

Documento del 16 may 2025 · hace 1 año

Se exige experiencia de al menos 30% a nivel hospitalario y, además, acreditar dos proyectos diferentes de magnitudes similares en centros hospitalarios. Aunque la experiencia hospitalaria guarda relación con el objeto, la acumulación de estos requisitos específicos puede reducir la concurrencia y amerita comprobar su proporcionalidad con cada lote.

“La experiencia presentada debe ser mínimo de un 30% a nivel hospitalario 2. Presentar certificación de dos (2) proyectos diferentes de magnitudes similares, en centros hospitalarios realizados ya sea para el sector público o para el”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

Reglas contradictorias para ofertas superiores al presupuesto

Documento del 16 may 2025 · hace 1 año

El pliego prevé una nueva evaluación cuando todas las ofertas superen el presupuesto en más de 20%, pero también ordena descalificar sin más trámite las ofertas que lo superen en más de 15%. Los supuestos se solapan y establecen respuestas distintas ante ofertas situadas por encima del 20%, lo que afecta la claridad de las reglas de evaluación.

“Si todas las ofertas obtenidas superaran el presupuesto de la Entidad-Contratante en un 20%, deberá realizarse por parte de dicha Entidad una nueva evaluación de este presupuesto para verificar si existió algún factor que demuestre la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Otros documentos del proceso (39)

  • Convocatoria.pdfInforme pericial · 16 may de 2025 · 1 señal
  • Fondos.pdfCertificación de fondos · 16 may de 2025
  • Listín Diario 16-05-2025.pdfDocumento · 16 may de 2025
  • PUBLICACION EL CARIBE LPN-2025-0018.pdfPliego · 16 may de 2025 · 1 señal
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 16 may de 2025 · 1 señal
  • Requerimientos.rarDocumento · 16 may de 2025
  • Formularios.rarDocumento · 16 may de 2025
  • Presupuestos.rarDocumento · 16 may de 2025
  • acta_de_inicio_lpn_2025_0018_ampliacion_y_readecuacion_de_centros_de_salud_a_nivel_nacion_signed (1).pdfPliego · 16 may de 2025 · 1 señal
  • 3.Enmienda.rarEnmienda · 26 jun de 2025
  • 3.Enmienda.rarEnmienda · 26 jun de 2025
  • Circular de preguntas LPN-2025-0018.pdf

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

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Enmienda · 26 jun de 2025 · 2 señales
  • Circular Informativa Lugar de Entrega de Ofertas.pdfCircular · 7 jul de 2025
  • Enmienda 2_Proceso_SNS-CCC-LPN-2025-0018_-_enmienda_al_cronograma_signed.pdfEnmienda · 18 jul de 2025 · 1 señal
  • Enmienda_3_Proceso_SNS-CCC-LPN-2025-0018_-_enmienda_al_cronograma_002__signed.pdfEnmienda · 28 ago de 2025
  • ACTA DE ADJUDICACION PROCESO OBRAS 0018.pdfActa de adjudicación · 17 dic de 2025 · 3 señales
  • Notificacion de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 17 dic de 2025
  • ACTA DE ADJUDICACION PROCESO OBRAS 0018.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE ADJUDICACION PROCESO OBRAS 0018.pdfActa de adjudicación · —
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  • ACTA DE ADJUDICACION PROCESO OBRAS 0018.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE ADJUDICACION PROCESO OBRAS 0018.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta miura.pdfActa · —
  • Acta miura.pdfActa · —
  • Acta miura.pdfActa · —
  • Acta miura.pdfActa · —
  • CONTRATO - CONSER.pdfContrato · —
  • CONTRATO - DAPIRO.pdfContrato · —
  • CONTRATO - GRUPO GOALFA.pdfContrato · —
  • CONTRATO - OXAL CONSTRUCTORA.pdfContrato · —
  • CUOTA - DAPIRO.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • INFORME PERICIAL TECNICO FINAL SNS-CCC-LPN-2025-0018.pdfDocumento · —
  • INFORME PERICIAL TECNICO FINAL SNS-CCC-LPN-2025-0018.pdfDocumento · —
  • INFORME PERICIAL TECNICO FINAL SNS-CCC-LPN-2025-0018.pdfDocumento · —
  • INFORME PERICIAL TECNICO FINAL SNS-CCC-LPN-2025-0018.pdfDocumento · —