La enmienda, fechada el 15 de mayo de 2025, corrige la vigencia de las ofertas económicas finales para que llegue al 23 de junio de 2025, en vez del 1 de junio consignado erróneamente en el pliego. También ajusta el modelo de contrato para identificar a una autoridad de la institución y agrega como requisito al menos dos años de experiencia en fabricación o venta de estos bienes, con documentos de respaldo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige dos años de experiencia en fabricación o venta de estos bienes y prueba mediante contrato, factura y certificación de satisfacción. La exigencia puede reducir el universo de participantes; conviene verificar su proporcionalidad con el objeto y la disponibilidad de proveedores, aunque el documento no demuestra por sí solo que sea desproporcionada.
“se hace necesario que dichos oferentes evidencien una experiencia mínima de al menos dos (02) años en la fabricación o venta de estos bienes”
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
La enmienda declara no subsanables todos los documentos de los numerales 1 a 9, incluidos los documentos para acreditar la experiencia. El artículo 120 del Reglamento considera subsanables los documentos de credenciales cuando el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad; debe revisarse cómo se aplicó esta regla ante omisiones documentales concretas.
“Todos Ios documentos que se encuentran en la presente sección, del numeral 1 at 9 son de carácter no subsanable.”
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
11.2, literal c) — Oferta económicaVigencia de la oferta económica final después de la puja
El pliego consignaba por error vigencia hasta el 1 de junio de 2025, aunque el portal institucional indicaba el 23 de junio.
La fecha válida y oficial de vigencia se fija en el 23 de junio de 2025.
Aclara
Modelo de contrato de suministro de bienes (SNCC.C.023)Identificación de la autoridad que suscribe por la institución
El modelo incluía la firma de una autoridad que no pertenecía a la institución.
Se modifica la última página del modelo para adecuarla a las generales del rector de la institución.
Aclara
11.1.2, numeral 9 — Documentación técnicaExperiencia mínima en fabricación o venta de los bienes
El pliego no incluía el nuevo requisito de acreditar experiencia mínima de dos años en la fabricación o venta de estos bienes.
Se requiere experiencia mínima de dos años, acreditada con copia de contrato y factura de naturaleza similar y certificación de satisfacción del beneficiario.
Endurece
11.1.2 — Documentación técnicaCarácter no subsanable de los documentos
No se consigna en esta enmienda una regla previa sobre la subsanabilidad de los documentos de esta sección.
Se establece que todos los documentos de los numerales 1 a 9 son no subsanables.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.