El Acta núm. 029-2025, de 2025-05-13, aprueba por unanimidad la primera enmienda al pliego de la licitación CNE-CCC-LPN-2025-0001, tras conocer observaciones del Departamento de Monitoreo de la DGCP. Entre otros ajustes, fija un presupuesto base de RD$11,000,000, establece un umbral del 15 % para analizar ofertas presuntamente no sustentables, precisa plazos y pagos, y modifica varias especificaciones del módulo de facturación electrónica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina el control técnico que exigía verificar la interconexión automática entre el módulo independiente de facturación electrónica y el sistema ERP..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Presupuesto base o valor referencialPresupuesto y ofertas no sustentables o temerarias
El acta identifica que se modifica el numeral 4, pero no reproduce su redacción anterior.
Fija el presupuesto base en RD$11,000,000, incluidos impuestos y demás costos; permite considerar no sustentable una oferta anormalmente baja tomando como referencia un rango del 15 % respecto del presupuesto base.
Aclara
Tiempo de ejecución del servicioPlazo de implementación y duración contractual
El acta identifica que se modifica el numeral 6, pero no reproduce su redacción anterior.
Establece un plazo máximo de nueve meses calendario para la implementación, contado desde la certificación de registro del contrato por la Contraloría; indica que el contrato tendrá duración de un año.
Aclara
Resultados esperados y mantenimiento de ofertaEntregables y vigencia de las ofertas
El acta indica que modifica el numeral 7 y el literal c) del numeral 13, pero no reproduce el texto anterior de esos apartados.
Describe la implementación del ERP y del módulo de facturación electrónica, con entrega prevista en seis a nueve meses; dispone que las ofertas estén vigentes hasta el 1 de agosto de 2025.
Aclara
Garantía de seriedad de la ofertaMonto, vigencia y renovación de la garantía
El acta identifica que modifica el literal d) del numeral 13, pero no reproduce su redacción anterior.
Exige una garantía equivalente al 1 % de la oferta, en pesos dominicanos, incondicional, irrevocable y renovable, vigente hasta el 1 de agosto de 2025; a quienes acepten una prórroga de oferta les exige extender también la garantía.
Aclara
Recepción de ofertas técnicas y económicasEtapas y fecha límite de recepción
El acta identifica que modifica el punto 1 de la sección II, pero no reproduce el texto anterior.
Establece dos etapas para la recepción y evaluación de ofertas, y fija como fecha límite para recibirlas el 29 de mayo de 2025, hasta las 4:30 p. m.
Aclara
Condiciones de pago y retencionesHitos y proporciones de pago
El acta identifica que modifica el punto 11 de la sección III, pero no reproduce su redacción anterior.
Distribuye los pagos en 20 % de anticipo, 30 % por implementación del ERP, 30 % por el módulo de facturación y 20 % un mes después de la puesta en producción; prevé validación de conformidad para cada pago.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Aclara
Especificaciones técnicas: módulo de facturación electrónicaFunciones del módulo y conexión entre sistemas
El punto 9 requería interconexión automática si el sistema o módulo era independiente del sistema indicado en el punto 1.
Añade o precisa remisión automática de comprobantes a la DGII, reportes en distintos formatos, firma electrónica e impresión, reimpresión y consulta en línea de facturas; elimina el requisito de interconexión automática para el caso de un sistema o módulo independiente.
RelajaQuita un control: Se elimina el control técnico que exigía verificar la interconexión automática entre el módulo independiente de facturación electrónica y el sistema ERP.