viernes, 6 de noviembre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Recibir las actualizaciones
HoyPunto Ciego®MediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivo
HoyPunto Ciego®MediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto Ciego®Medios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar en Notifacto
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación

7 - NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN.pdf

ADQUISICIÓN DE BONOS CANJEABLES PARA DIFERENTES ACTIVIDADES DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS DE ESTE ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN · Archivo General de la Nacion

Publicado el 16 may de 2025Fechado el 8 may de 20252 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.1759812»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AGN-DAF-CM-2025-0016

Lo que dice

La notificación del 9 de mayo de 2025 adjudica el proceso AGN-DAF-CM-2025-0016 a Centro Cuesta Nacional, SAS, por RD$1,700,000. Aunque consigna que fueron invitadas tres empresas, la tabla de ofertas registra únicamente la propuesta de Centro Cuesta Nacional. La decisión alude a un mayor descuento convertible en bonos adicionales, pero no indica en esta notificación el porcentaje de descuento ni el valor de esos bonos.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (4 nov de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$1.7 millones

Una sola oferta registrada pese a tres invitaciones

Documento del 16 may 2025 · hace 1 año

La notificación identifica tres empresas invitadas, pero solo registra una propuesta y adjudica a esa única oferente. El expediente muestra competencia efectiva limitada en esta convocatoria; corresponde revisar la difusión, las invitaciones y las condiciones de participación, sin que el dato por sí solo establezca una irregularidad.

“Los oferentes invitados al presente proceso de Compra Menor fueron Lopez Office Supply, SRL, Cus Y Asociados EIRL y Askar Group, SRL. … Centro Cuesta Nacional, SAS” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$1.7 millones

Descuento y bonos adicionales no cuantificados en la notificación

Documento del 16 may 2025 · hace 1 año

El documento menciona como fundamento una oferta con el mayor descuento, aplicable en bonos adicionales, pero la tabla solo muestra RD$1,700,000 y no consigna el porcentaje de descuento ni el valor o cantidad de los bonos adicionales. Esos datos son relevantes para verificar la comparación y el valor económico de la oferta adjudicada; podrían constar en el cuadro comparativo u otros documentos del expediente.

“Visto, la oferta que presenta e[ mayor descuento en porcenta.je del monto conrpleto clel pr.oceso, q¡e pueden ser aplicados en bonos adicionales.” (pág. 1)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

A revisarHallazgo en documentosRD$1.7 millones

Contrato registrado antes de la fecha de esta notificación

Documento del 16 may 2025 · hace 1 año

La notificación consigna la adjudicación y fecha del 9 de mayo de 2025, mientras que, según el portal, el contrato aparece confirmado y enviado el 8 de mayo. La diferencia de un día amerita verificar las fechas del acto de adjudicación, firma y perfeccionamiento del contrato; el portal puede reflejar una fecha de registro distinta a la fecha efectiva del acto.

“Se emite lo siguiente: Adjudicar, como al efecto se adjudica a: "Centro Cuesta Nacional, SAS"… el día nueve (09) del mes de mayo (05)” (pág. 2)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación

Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

ContextoHallazgo en documentosRD$1.7 millones

Bonos para actividades de Recursos Humanos: verificar la necesidad pública

Documento del 16 may 2025 · hace 1 año

El objeto son bonos canjeables para actividades del Departamento de Recursos Humanos, y el contexto del proceso registra compras similares de la institución en noviembre de 2024 y agosto de 2025. Por tratarse de beneficios canjeables vinculados a actividades del personal y de una compra recurrente, conviene verificar la finalidad institucional, los destinatarios y la justificación del gasto; el documento no permite concluir por sí solo que la adquisición carezca de justificación.

“ADQUISICIÓN DE BONOS CANJEABLEs PARA DIFERENTES ACTIvIDADES DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS DE ESTE ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (4)

3 mencionado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Centro Cuesta Nacional, SASLa notificación indica que cumplió las especificaciones técnicas y presentó la oferta considerada más conveniente.Adjudicado—RD$1,700,000
Lopez Office Supply, SRLLa notificación la identifica como empresa invitada; no la registra entre las ofertas presentadas.Mencionado——
Cus Y Asociados EIRLLa notificación la identifica como empresa invitada; no la registra entre las ofertas presentadas.Mencionado——
Askar Group, SRLLa notificación la identifica como empresa invitada; no la registra entre las ofertas presentadas.Mencionado——

Otros documentos del proceso (12)

  • 1 - Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 30 abr de 2025
  • 2 - Especificaciones Tecnicas.pdfPliego · 30 abr de 2025
  • 4 - Acta de inicio de procedimiento.pdfPliego · 30 abr de 2025
  • 5 - Convocatoria.pdfDocumento · 30 abr de 2025
  • Carta de autorización.pdfAutorización · 30 abr de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica (2).docxDocumento · 30 abr de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 30 abr de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (4).docxDocumento · 30 abr de 2025
  • 7 - NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN.pdfActa de adjudicación · —
  • Compromiso.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de compra.pdfDocumento · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →