La Resolución núm. 39/2025 adjudica a Activa Group, S.R.L. la licitación pública nacional ARS-SENASA-CCC-LPN-2024-0015 por RD$30,000,000, incluidos impuestos. El Comité aprobó la adjudicación el 9 de mayo de 2025, tras una recomendación de los peritos del 6 de mayo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$30,000,000, mientras que el contrato de Activa Group registrado en el portal asciende a RD$29,994,719: una diferencia de RD$5,281. El documento no explica la variación; conviene verificar si se trata de un ajuste documentado o de una discrepancia del registro.
“Adjudicar a la empresa Activa Group, S.R.L., por un monto total con impuestos incluidos de TREINT^f \, \ MILLONES PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$30,000,000.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 27 · Ley 340-06, art. 28 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 27
ART. 27. Los contratos que realicen las entidades públicas para la adquisición de bienes o la contratación de obras y servicios, podrán formalizarse indistintamente, por escrito en soporte papel o formato digital, en las condiciones que establezca la reglamentación y se ajustarán al modelo que forma parte del pliego de condiciones, con las modificaciones aprobadas hasta el momento de la adjudicación. El reglamento señalará los casos en que la contratación pueda formalizarse con una orden de compra u orden de servicio. PÁRRAFO. Las contrataciones efectuadas a través de órdenes de compra u órdenes de servicio quedarán perfeccionadas en el momento de notificarse la recepción de conformidad de…
ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…
El acta consigna que los peritos recomendaron que Activa Group subsanara la carta de oferta de comisión por colocación. Al tratarse de un documento económico, conviene verificar que la subsanación no alterara el contenido sustancial de la oferta; el acta no precisa qué se corrigió.
“el oferente Activa Group, S.R.L., RNC RPE: 20230 subsanara la carta oferta de comision por colocacion detallado.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 123 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 123 — Aclaración de las ofertas
Artículo 123. Aclaración de las ofertas. La aclaración es la solicitud por escrito, en formato papel o electrónico, realizada a los oferentes acerca de sus ofertas, por el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, dentro del plazo señalado en el pliego de condiciones. Los oferentes también deberán responder a las aclaraciones por escrito, en el plazo señalado y no podrán alterar el contenido de la oferta original, ni violentar el principio de igualdad y libre competencia entre los oferentes. Párrafo. La institución podrá solicitar aclaraciones tanto de la oferta técnica como de la económica, respetando en cada caso las etapas de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona