No consta un nuevo período de preguntas tras la enmienda
· hace 1 año
La enmienda, emitida el 14 de mayo, modifica el cronograma pero mantiene el cierre de consultas el 13 de mayo, anterior a su emisión. El documento no establece otra oportunidad para formular preguntas sobre los cambios del cronograma, aunque el artículo 107 prevé permitir nuevamente preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos.
“deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos … Período para realizar consultas y/o aclaraciones por parte de los”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
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