La Resolución MIVHED/CCC/2025/090, de 2025-05-13, aprueba la evaluación económica y el reporte de lugares ocupados de la licitación MIVHED-CCC-LPN-2025-0001. Adjudica el Lote I a Cecomsa por RD$34,191,253.45 y el Lote II a Solvex por RD$575,250.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución adjudica a Cecomsa RD$34,191,253.45, mientras que el portal registra un contrato modificado por RD$41,576,787. La diferencia es RD$7,385,533.55; sumado el contrato de Solvex por RD$575,250, el total portalizado excede en RD$152,037 la apropiación de RD$42,000,000 citada en la resolución. El estado «Modificado» podría explicar la diferencia, pero conviene verificar la modificación, su fundamento y la disponibilidad presupuestaria.
“CECOMSA S.R.L. RD$34,191,253.45”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 28 · Ley 340-06, art. 31 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 28
ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…
ART. 31. La entidad contratante tendrá las facultades y obligaciones establecidas en esta ley, sin perjuicio de las que estuvieren previstas en otra legislación y en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones, o en la documentación contractual. Especialmente tendrá: 1) El derecho de interpretar administrativamente los contratos y de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, el Organo Rector emitirá la opinión definitiva; 2) Podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original de la obra, siempre y cuando se mantenga el objeto, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de…
La resolución muestra a Solvex como único oferente con oferta económica evaluada para el Lote II y se lo adjudica por RD$575,250, aunque varios participantes habían indicado ese lote al presentar sus ofertas técnicas. El acta no explica aquí por qué los demás no llegaron a evaluación económica; es un dato para revisar la concurrencia efectiva y las decisiones de habilitación previas.
“LOTE II – CAPACITACIÓN TÉCNICA PARA LA CERTIFICACIÓN AZURE ADMINISTRATOR ASSOCIATE NO. OFERENTE OFERENTE/PROPONENTE MONTO OFERTADO 4. SOLVEX DOMINICANA, S.R.L. RD$575,250.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Para Bluebox, el acta consigna RD$36,792,087.50 frente a RD$37,272,088 en el portal; para Solvex en el Lote I, consigna RD$37,733,634.81 frente a RD$37,531,926. Los registros del portal aparecen como cargados/pendientes, por lo que podrían estar desactualizados o reflejar datos distintos; conviene cotejarlos con las ofertas económicas originales y cualquier corrección aritmética.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 128 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 128 — Evaluación de las ofertas económicas
Artículo 128. Evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo al sistema de evaluación determinado en el pliego de condiciones y con apego irrestricto a los criterios de evaluación establecidos en este, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas procederán a la misma y dejarán constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe de evaluación.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona