La Resolución RES-CC-171-2025, de 2025-05-13, acoge en la forma y rechaza en el fondo la impugnación de Dutech Dominicana contra su evaluación técnica. Mantiene el NO CUMPLE para los ítems 1005457 y 1015182 por no acreditarse en los planos el terminal de puesta a tierra, y para el ítem 1007206 por discrepancia entre el modelo de la ficha y el catálogo; el documento indica que este último ítem fue cancelado mediante la adjudicación del 2025-05-02.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Dutech presentó la impugnación el 28 de abril; la propia resolución identifica una adjudicación emitida el 2 de mayo y decide el recurso el 13 de mayo. La secuencia amerita revisar si la impugnación pudo ser considerada antes de concluir la adjudicación y formalizar los contratos; el documento no indica que el recurso suspendiera el proceso.
“RESOLUCIÓN ... a los trece (13) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025) ... VISTO: El Recurso de Impugnación incoado por la empresa DUTECH DOMINICANA, S.R.L, de fecha veintiocho (28) del mes de abril del año dos mil veintici”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 67 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 67
ART. 67. Toda reclamación o impugnación que realice el proveedor a la entidad contratante deberá formalizarse por escrito. La reclamación o impugnación seguirá los siguientes pasos: 1) El recurrente presentará la impugnación ante la entidad contratante en un plazo no mayor de diez días (10) a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. La entidad pondrá a disposición del recurrente los documentos relevantes correspondientes a la actuación en cuestión, con la excepción de aquellas informaciones declaradas como confidenciales por otros oferentes o adjudicatarios, salvo que medie su consentimiento. 2) En los casos de…
La resolución RES-CC-133-2025 incluyó a Salco Electric Company entre los habilitados para la apertura del sobre B, pero la relación del acto de apertura del 23 de abril de 2025 consigna solo nueve oferentes y omite a Salco. Las deficiencias financieras del informe final coexisten con la aclaración de estados financieros que Salco presentó a solicitud de EDENORTE, por lo que no acreditan por sí solas una habilitación indebida; se desconoce si su oferta económica fue efectivamente abierta y evaluada.
“En fecha tres (3) del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025), la Dirección de Finanzas, emitió el Informe Final de Evaluación financiera, indicando que … SALGO ELECTRIC COMPANY, S.R.L … presentaron deficiencias en los”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
Dutech Dominicana, S.R.L.La impugnación fue rechazada en el fondo. Se mantiene NO CUMPLE en los ítems 1005457 y 1015182 por no evidenciarse en los planos el terminal de puesta a tierra, y en el ítem 1007206 por discrepancia de modelo; este último fue cancelado del proceso.
Descalificado
Ítems 1005457, 1015182 y 1007206
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Baires Ingeniería, S.R.L.Figura entre los oferentes habilitados para apertura económica; el portal registra contrato activo.
Electroval, S.R.L.Figura entre los oferentes habilitados para apertura económica; el portal registra contrato activo.
Adjudicado
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RD$630,709,151
Punto Market, S.R.L.Figura entre los oferentes habilitados para apertura económica; el portal registra contrato activo.
Adjudicado
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RD$1,033,031
Inversiones Timisoara, S.R.L.El documento consigna deficiencias financieras y técnicas en las evaluaciones finales y no la incluye entre los oferentes habilitados para apertura económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El documento consigna deficiencias financieras y técnicas en las evaluaciones finales y no la incluye entre los oferentes habilitados para apertura económica.
No habilitado
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Albatros Trading, S.R.L.El documento consigna deficiencias financieras y técnicas en las evaluaciones finales y no la incluye entre los oferentes habilitados para apertura económica.
No habilitado
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Armada Led, S.R.L.Incluida entre los oferentes habilitados para apertura económica.
Habilitado
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Salco Electric Company, S.R.L.La resolución la incluye entre los habilitados, aunque también consigna deficiencias financieras finales y no la enumera entre quienes participaron en la apertura económica; situación contradictoria que requiere aclaración.