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Abriendo la ficha…

Pliego

pliego-estandar-excepciones-competitivas.pdf

SOFTWARE DE RECUPERACION DE DESASTRES DE NEGOCIOS. · Cuerpo Especializado en Seguridad Aeroportuaria

Publicado el 12 may de 202539 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CESAC-CCC-PEPU-2025-0004

Lo que dice

El pliego del proceso CESAC-CCC-PEPU-2025-0004 establece las condiciones para contratar un servicio de recuperación ante desastres, con presupuesto base de RD$7,488,919.61 y recepción de ofertas prevista para el 16 de mayo de 2025. El portal identifica la excepción como proveedor único y registra un contrato adjudicado a Velocity Tech Solutions Dominicana, SRL por RD$7,731,537; el pliego, sin embargo, describe un procedimiento competitivo y contiene plazos de servicio contradictorios.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$7.7 millones

Fecha contractual del portal anterior al calendario del pliego

Documento del 12 may 2025 · hace 1 año

El pliego programa la garantía de fiel cumplimiento para el 2 de junio de 2025 y la suscripción del contrato para el 20 de junio; el portal registra el contrato el 29 de mayo. La fecha del portal podría ser de registro y no de firma, pero conviene verificar la fecha efectiva de suscripción y la secuencia de garantía y contrato.

“14. Constitución de garantía de fiel cumplimiento fiel cumplimiento de contrato 02/06/2025 12:00PM 15. Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra o de servicios 20/06/2025 a las 12:00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Duración del servicio y vigencia contractual no coinciden

Documento del 12 may 2025 · hace 1 año

La especificación requiere un servicio de al menos tres años, mientras el pliego fija una vigencia hasta el 10 de junio de 2026 y, en otra parte, seis meses desde la firma. La diferencia deja incierto el período de soporte y recuperación que se contrata y dificulta comparar precio, entregables y cobertura.

“El servicio deberá ser ofrecido por un mínimo de 3 años con opción a ser extendido al vencimiento de dicho plazo. … La vigencia del Contrato será de seis meses (6) a partir de la fecha de la suscripción del mismo y hasta su fiel cumplimient”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Ley 340-06, art. 28 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 28

ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…

A revisarHallazgo en documentos

Excepción de proveedor único frente a pliego competitivo

Documento del 12 may 2025 · hace 1 año

El portal clasifica el procedimiento como proveedor único, pero el pliego lo titula y estructura como selección competitiva. El Reglamento distingue la selección directa por proveedor único de la competitiva; conviene verificar qué procedimiento fue aprobado y ejecutado, pues afecta cómo se convoca y evalúan las ofertas.

“SNCC.P.0068 - Pliego de Condiciones Estándar Procedimientos de Excepción por Selección Competitiva … Este procedimiento de excepción por selección competitiva, el contrato y su posterior ejecución”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 48 · Reglamento 416-23, art. 50 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 48 — Tipo de selección

Artículo 48. Tipo de selección. Para la compra y contratación de bienes, servicios y obras ante las situaciones de excepción previstas en la ley, las instituciones contratantes ejecutarán procedimientos cuyo tipo de selección podrá ser i) competitiva o ii) directa, con apego irrestricto a las reglas dictadas en este reglamento, así como los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo: Los funcionarios y servidores públicos que por acción u omisión ejecuten procedimientos de selección competitiva o directa sin cumplir el debido proceso, serán pasibles del procedimiento disciplinario referido en la ley y en el…

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Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa

Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…

A revisarHallazgo en documentos

Plazo muy breve para preparar ofertas complejas

Documento del 12 may 2025 · hace 1 año

Entre la convocatoria del 12 de mayo y la presentación de ofertas del 16 de mayo transcurren cuatro días calendario. El pliego exige una solución técnica compleja, certificación del fabricante y referencias de clientes; el reglamento requiere que los plazos de excepción competitiva sean razonables y proporcionales, por lo que procede revisar su efecto sobre la participación.

“1. Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional 12/05/2025 a las 18:00 … 4. Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) y de las muestras y las muestras requerid”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción

Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…

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Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción

Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de experiencia e infraestructura que pueden restringir oferentes

Documento del 12 may 2025 · hace 1 año

El pliego exige, entre otras condiciones, tres referencias de instituciones dominicanas con servicios de recuperación ante desastres y que el proveedor tenga infraestructura propia dentro y fuera del país. Dada la escala del contrato, conviene verificar la proporcionalidad de estas condiciones y cuántos proveedores podían cumplirlas; la continuidad operativa y la localización de datos son posibles justificaciones técnicas.

“Experiencia comprobada en la prestación de servicios de DR a organizaciones en RD. Se requieren referencias del al menos TRES instituciones en RD que actualmente estén utilizando servicios de DR brindados por este proveedor en los cuales se”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

ContextoHallazgo en documentosRD$242,617

Contrato registrado por encima del presupuesto base

Documento del 12 may 2025 · hace 1 año

El presupuesto base del pliego es RD$7,488,919.61 y el portal registra un contrato por RD$7,731,537, una diferencia de RD$242,617.39. Corresponde verificar si el monto contratado contó con apropiación presupuestaria suficiente; la diferencia respecto del estimado no demuestra por sí sola una irregularidad.

“El presupuesto base para esta compra asciende a SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIESINUEVE PESOS CON 61/100 (7,488,919.61), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria

Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto

Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Velocity Tech Solutions Dominicana, SRLEl portal registra su oferta y un contrato confirmado por el mismo monto.Adjudicado—RD$7,731,537

Otros documentos del proceso (10)

  • CARTA DE EXCLUSIVIDAD.pdfDocumento · 12 may de 2025
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 12 may de 2025
  • INFORME PARCIAL.pdfInforme justificativo · 12 may de 2025 · 2 señales
  • RESOLUCION DEL COMITE DE COMPRAS.pdfResolución · 12 may de 2025
  • Solicitud de compras .pdfSolicitud de compra · 12 may de 2025
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 29 may de 2025
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • EG1749565435339NN0iu.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de Servicio_29/5/2025_3_07 p.m..PdfDocumento · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único

Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…

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