El acta de 20 de febrero de 2025 aprueba el informe económico y adjudica por ítem RD$2,955,192.00 a Muebles & Equipos para Oficina León Gonzalez, SRL y RD$413,308.81 a Flow, SRL. Declara desiertos cinco ítems por falta de ofertas y ordena convocarlos nuevamente. En la tabla de adjudicación, el ítem 8 aparece con 38 unidades, aunque el listado de cantidades del propio documento fija 33.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (18 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El listado de cantidades del documento establece 33 unidades para el ítem 8, pero la tabla de adjudicación asigna 38. No se explica el aumento; conviene cotejarlo con la oferta y el contrato para determinar la cantidad y el alcance económico adjudicados.
“8 | Silla de visita ejecutiva negra ergonómica en PU leather y marco de metal. | 33 | UD … 8 | Silla de visita ejecutiva negra ergonómica en PU Leather y marco de metal. | 38 | UD | 211,833.60” (págs. 2-8, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 9
ART. 9. Las compras y contrataciones públicas se regirán por las disposiciones de esta ley y su reglamentación, por las normas que se dicten en el marco de las mismas, así como por los pliegos de condiciones respectivos y por el contrato o la orden de compra o servicios según corresponda. PÁRRAFO I. En los casos de controversia se aplicarán para su resolución el orden de preferencia establecido en este artículo. PÁRRAFO II. Son fuentes supletorias de esta ley las normas del derecho público y, en ausencia de éstas, las normas del derecho privado.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta vincula la descalificación de Inversiones Inogar a que presentó la garantía de seriedad junto con la oferta técnica. El pliego facilitado identifica esa garantía como subsanable; conviene verificar si la ubicación del documento podía corregirse y si se aplicó de forma uniforme el tratamiento previsto para la subsanación.
“3. El oferente Inversiones Inogar, S.R.L., NO CUMPLE, presentó la garantía de seriedad de la oferta juntamente con la oferta técnica, por lo que está descalificado.” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Adjudicación total de RD$413,308.81 en los ítems 1, 3, 5 y 13; el acta también consigna que no cumplió los ítems 11 y 17.