El pliego establece el alquiler de una nave industrial de aproximadamente 1,263.63 m² por 36 meses, con un presupuesto referencial de RD$28,252,055.08. Fija evaluación de credenciales y oferta técnica bajo cumple/no cumple y adjudicación por menor precio; el cronograma concentra la recepción de ofertas en tres minutos el 7 de mayo de 2025. El documento también se identifica como «Compras Menores», aunque el proceso figura en el portal como excepción por proveedor único.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego denomina el procedimiento «Compras Menores», mientras que el portal y los antecedentes del proceso lo identifican como excepción por proveedor único. Además, el presupuesto de RD$28,252,055.08 supera el máximo de RD$1,860,642.55 para compras menores de servicios en 2025; la excepción por proveedor único puede tener reglas propias, pero la discordancia merece verificarse porque el pliego presenta criterios y etapas de una compra menor.
Reglamento 416-23, artículo 44 — De las compras menores
Artículo 44. De las compras menores. Este procedimiento podrá utilizarse para adquirir bienes o servicios mediante un trámite simplificado, conforme al monto establecido en los umbrales actualizados anualmente por la Direccion General de Contrataciones Públicas.
Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa
Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
El cronograma da tres minutos desde el inicio de la recepción hasta su cierre y apenas un minuto para consultas y otro para responderlas. Aunque las excepciones admiten plazos ajustados a sus circunstancias, este lapso merece revisión por su razonabilidad y por la oportunidad efectiva que ofrece para preparar y presentar una propuesta.
“Desde el miércoles 07 de mayo del 2025 a las 12:00 M. hasta el miércoles 07 de mayo del 2025 a las 12:03 P.M.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
Para ofertas en papel, el pliego dispone que las ofertas técnica y económica se presenten en un único sobre y prevé su apertura en el mismo acto. Esto dificulta mantener separadas las etapas de evaluación técnica y económica que el propio pliego describe y merece revisión, especialmente dado que también se denomina procedimiento de compras menores pese a que el portal lo registra como excepción por proveedor único.
“La presentación de Propuestas “Sobre A" y “Sobre B" (un único sobre) se efectuará en la Gerencia de Compras de esta SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD (SIE), sito Av. John F. Kennedy … La apertura de las ofertas técnicas y económicas”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 110 · Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona