El pliego del proceso Dpto. Aeroportuario-CCC-PEPB-2025-0001 establece la contratación de servicios publicitarios en medios de comunicación y enumera 103 proveedores o medios previstos. Aunque la portada y las fichas indican un plazo de tres meses, varias cláusulas describen un período de seis meses; además, los criterios de evaluación y los entregables no quedan definidos de forma concreta. El documento está fechado únicamente en mayo de 2025 y no contiene número de acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La portada, el desglose de medios y la sección de entrega fijan tres meses, mientras que el propósito, el objeto y las condiciones de pago prevén seis. La contradicción dificulta determinar la duración y el valor total de las prestaciones exigibles.
“Contratar los medios de comunicación social que trasmitan las informaciones de todas las actividades del Departamento Aeroportuario por un periodo de seis (6) meses. … El Departamento Aeroportuario, se comprometerse a pagar mensualmente por”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 20 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
El pliego no concreta cómo se compararán o validarán las propuestas y deja que cada medio desglose su propio paquete; tampoco fija cantidades, frecuencia u otros indicadores de publicación. Esto limita la comparabilidad de las propuestas y dificulta comprobar objetivamente la prestación mensual antes del pago.
“Los medios de comunicación social seleccionados deberán proveer un Paquete o propuesta donde desgloses los servicios de comunicación y los medios donde serán trasmitidas toda la información suministrada por el Departamento de Comunicación d”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (103)
103 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Micronet Dominicana, SRLFigura en el desglose de los medios a contratar del pliego; este documento no consigna un acto de adjudicación.
Mencionado
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Madison Inversiones, SRLFigura en el desglose de los medios a contratar del pliego; este documento no consigna un acto de adjudicación.
Mencionado
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La Tora Tv, S.R.LFigura en el desglose de los medios a contratar del pliego; este documento no consigna un acto de adjudicación.
Mencionado
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Informe TV Con Mauricio Carpio, SRLFigura en el desglose de los medios a contratar del pliego; este documento no consigna un acto de adjudicación.
Mencionado
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Strategyk SYK, SRLFigura en el desglose de los medios a contratar del pliego; este documento no consigna un acto de adjudicación.
Mencionado
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Shade Communication SDE, SRLFigura en el desglose de los medios a contratar del pliego; este documento no consigna un acto de adjudicación.
Mencionado
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Ramok Investments, SRLFigura en el desglose de los medios a contratar del pliego; este documento no consigna un acto de adjudicación.
Mencionado
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Jivar Production, SRLFigura en el desglose de los medios a contratar del pliego; este documento no consigna un acto de adjudicación.
Mencionado
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Mica Inversiones, SRLFigura en el desglose de los medios a contratar del pliego; este documento no consigna un acto de adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona