sábado, 17 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

ADQUISICION DE TERRENO PARA AMPLIACION DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DE FANTINO · Ayuntamiento del Municipio de Fantino

Publicado el 6 may de 202531 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMDF-CCC-PEPU-2025-0001

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para adquirir un terreno destinado a ampliar el cementerio municipal de Fantino, con un presupuesto base de RD$6,500,000. El cronograma prevé la convocatoria el 1 de mayo de 2025 y la recepción de ofertas el 7 de mayo. El portal clasifica el proceso como excepción por proveedor único, mientras que el pliego lo denomina de selección competitiva y también incluye referencias a exclusividad.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Modalidad de excepción contradictoria en el pliego

Documento del 6 may 2025 · hace 1 año

El portal clasifica el proceso como proveedor único, pero el pliego se presenta como selección competitiva y contiene referencias a exclusividad. El Reglamento distingue proveedor único —selección directa— de exclusividad —selección competitiva—, por lo que la discrepancia afecta qué procedimiento y controles de concurrencia rigen la selección.

“SNCC.P.0068 - Pliego de Condiciones Estándar Procedimientos de Excepción por Selección Competitiva ... De conformidad con el artículo 114 del Reglamento 416-23 este procedimiento PROCEDIMIENTO POR EZCLUSIVIDAD con el número de REFERENCIA: A”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 48 · Reglamento 416-23, art. 50 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 48 — Tipo de selección

Artículo 48. Tipo de selección. Para la compra y contratación de bienes, servicios y obras ante las situaciones de excepción previstas en la ley, las instituciones contratantes ejecutarán procedimientos cuyo tipo de selección podrá ser i) competitiva o ii) directa, con apego irrestricto a las reglas dictadas en este reglamento, así como los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo: Los funcionarios y servidores públicos que por acción u omisión ejecuten procedimientos de selección competitiva o directa sin cumplir el debido proceso, serán pasibles del procedimiento disciplinario referido en la ley y en el…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa

Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único

Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Plazo de consultas y respuestas se solapa de forma desfavorable

Documento del 6 may 2025 · hace 1 año

El plazo para consultas llega hasta el 6 de mayo a las 9:00 p. m., pero el plazo para emitir respuestas y adendas termina ese mismo día a las 3:00 p. m.; por tanto, las consultas presentadas en las últimas seis horas quedan fuera del plazo de respuesta fijado. Además, entre la publicación del 1 de mayo y la recepción de ofertas del 7 de mayo hay un período breve, cuya razonabilidad debe valorarse conforme a la naturaleza y condiciones de esta excepción.

“2. Período para realizar consultas y/o aclaraciones por parte de los(as) interesados(as) | 6 de mayo del 2025 9:00pm ... 4. Plazo para emitir respuesta y adendas/enmiendas por parte del CCC | 6 del mayo del 2025 15:00pm”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 105 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción

Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 105 — Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta

Artículo 105. Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta. Los interesados podrán solicitar a la institución contratante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, de las especificaciones, fichas técnicas y los términos de referencia, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50 %) del plazo para presentación de ofertas. La institución deberá dar respuesta a tales solicitudes a más tardar en la fecha que represente el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de propuestas.

A revisarHallazgo en documentos

La justificación consignada no explica la condición de proveedor único

Documento del 6 may 2025 · hace 1 año

La justificación del pliego expone la necesidad de ampliar el cementerio, pero no explica por qué el terreno solo puede ser suministrado por una persona o por qué sería insustituible. El expediente relaciona un informe pericial, cuyo contenido no se reproduce aquí; corresponde contrastarlo con la justificación del procedimiento de proveedor único.

“Debido a la demanda existente en dicho municipio, por lo que este ayuntamiento toma la decisión de adquirir un terreno para la ampliación del cementerio municipal”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único

Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Descripción del terreno sin parámetros técnicos identificables

Documento del 6 may 2025 · hace 1 año

La sección de especificaciones técnicas repite el objeto general, sin precisar en este pliego características del terreno que permitan comparar ofertas o verificar que el inmueble satisface la necesidad, como extensión o condiciones de ubicación. Esto dificulta la evaluación objetiva y la comprobación de la prestación.

“En esta sección, se describen todos los elementos, condiciones, parámetros, requisitos que deben cubrir los oferentes/proponentes en sus ofertas para ser consideradas, a fines de adjudicación ADQUISICIÓN DE TERRENO PARA AMPLIACIÓN DEL CEMEN”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

No se identifican los documentos para evaluar capacidad financiera

Documento del 6 may 2025 · hace 1 año

El pliego dispone evaluar la documentación financiera bajo cumple/no cumple, pero no identifica cuáles documentos debe presentar el oferente para acreditar esa capacidad. La indeterminación deja sin precisar qué evidencia financiera se evaluará y cómo se comprobará el criterio.

“La documentación financiera debe permitir validar que el oferente/proponente cuenta con estabilidad financiera para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato. En tal sentido, el Oferente/Proponente debe acreditar su capacidad financi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (11)

  • CONVOCATORIA COMPARAC PRECIOSDocumento · 1 may de 2025
  • PLIEGO DE CONDICIONESPliego · 1 may de 2025 · 1 señal
  • RESOLUCIONResolución · 1 may de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRASSolicitud de compra · 1 may de 2025 · 1 señal
  • ACTA APROB PROCESO Y DEL PLIEGO DE CONDICIONESPliego · 1 may de 2025 · 3 señales
  • ACTA DE APROBACION DESIGNACION PERITOSInforme pericial · 1 may de 2025
  • CARTA DE ALCALDE AL COMITE DE COMPRASDocumento · 1 may de 2025
  • CARTA PLANEAM URBANO A ALCALDEDocumento · 1 may de 2025
  • CERT EXISTENCIA FONDOSCertificación de fondos · 1 may de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE APROBACIONPliego · 1 may de 2025
  • INFORME PERICIALInforme justificativo · 1 may de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción

Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →