El Comité adjudicó a Circutor, SRL el procedimiento de comparación de precios ADN-CCC-CP-2025-0005, dirigido a MIPYMES, por RD$2,673,337.85. Registra dos oferentes habilitados: Circutor, con oferta de RD$2,673,333.33, y Eventservices by Rainerd Abreu, SRL, con RD$2,900,000.00. El acta está fechada el 2 de mayo de 2025 y refiere una decisión del Comité tomada en reunión del 1 de mayo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (9 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El contexto del portal registra otros procesos de alquileres para eventos de la misma institución el 3 de febrero (estimado RD$1,860,000) y el 7 de abril de 2025 (estimado RD$1,860,000), además de este proceso convocado el 18 de marzo por RD$4,010,000. En conjunto superan el umbral de licitación pública para servicios de 2025 (RD$6,272,014.16); los distintos eventos podrían justificar contrataciones separadas, por lo que corresponde verificar si atendían necesidades independientes o si pertenecían al mismo rubro-clase y demanda planificable.
“ADN-CCC-CP-2025-0005 /2025 ACTO DE ADJUDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO POR COMPARACIÓN DE PRECIOS PARA EL SERVICIO DE ALQUILERES PARA EVENTOS DEL ADN DIRIGIDO A MIPYMES; REF. ADN-CCC-CP-2025-0005.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 10 · Reglamento 416-23, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 10
ART. 10. La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objeto eludir los procedimientos de selección previstos en esta ley para optar por otros de menor cuantía. PÁRRAFO. Las compras y contrataciones públicas comprendidas en esta ley se desarrollarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley, la utilización de la tecnología informática que permita aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la…
Artículo 87. Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento, cuando en un lapso menor de tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra convocatoria dentro del mismo año presupuestario para la compra o contratación de bienes, servicios u obras pertenecientes a un mismo rubro-clase. Párrafo. No existirá fraccionamiento: 1. En aquellos procedimientos donde se divida la contratación por etapas posibles, o cuando la convocatoria se regionalice para que participen personas domiciliadas en la región, provincia o municipio, para propiciar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y la contratación de pequeños productores.…
El acta registra una oferta de Circutor de RD$2,673,333.33 y un total adjudicado de RD$2,673,337.85, una diferencia de RD$4.52. Aunque puede obedecer a una corrección o ajuste, conviene verificar la conciliación con el informe económico y el contrato; el monto del portal, redondeado a RD$2,673,338, coincide con el total adjudicado.
“2 | | CIRCUTOR, SRL | RD$ 2,673,333.33 | RD$ 40,100.00 … Para un total a adjudicar de Dos Millones Seiscientos Setenta y Tres Mil Trecientos Treinta y Tres pesos dominicanos con 85/100 centavos (RD$ 2,673,337.85);”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El portal registra dos ítems separados con la descripción «ALQUILER HELECHO CON SU TARRO PARA TARIMAS», pero la tabla de adjudicación contiene una sola línea para ese objeto y pasa luego al truss. La duplicación del portal podría ser un duplicado de registro; conviene confirmar si el segundo renglón debía adjudicarse y cómo se refleja en el contrato y el monto.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Según el dato de DGII consultado el 7 de octubre de 2026, Circutor registra como actividad la provisión de comidas preparadas y catering, mientras el acta le adjudica alquileres de equipos y mobiliario para eventos, entre otros. Esa consulta es posterior al proceso y no prueba cuál era su actividad en 2025; conviene verificar la actividad y la capacidad técnica acreditadas al ofertar.
“a la empresa CIRCUTOR, SRL según se detalla a continuación: ÍTEMS | DESCRIPCIÓN | CANTIDAD | PRECIO UNIDAD | TOTAL | ITBIS | TOTAL, | ALQUILER HELECHO CON SU TARRO PARA TARIMAS | 50 | $96.05 | $4,802.50 | $864.45 | $5,666.95”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
CIRCUTOR, SRLAdjudicataria por el criterio de menor precio. El acta consigna una oferta económica de RD$2,673,333.33 y un monto total adjudicado de RD$2,673,337.85.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona