El pliego, fechado el 2 de mayo de 2025, convoca una comparación de precios reservada a MIPYMES mujer para adquirir 13 renglones de repuestos para vehículos, con valor referencial de RD$5,394,135. Establece evaluación técnica y económica bajo cumple/no cumple y adjudicación basada en menor precio. El documento contiene criterios financieros redactados de forma contradictoria y fija fechas de entrega que no coinciden entre secciones.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El criterio de endeudamiento presenta signos y resultados incompatibles: la condición para cumplir aparece como «menor o igual que > 1.50», mientras la de no cumplir aparece como «mayor que < 1.50». La ambigüedad puede generar aplicaciones distintas del umbral financiero entre ofertas.
“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El documento indica que los bienes deben entregarse antes del 22 de mayo, pero el cronograma de entregables fija el 5 de junio de 2025. La discrepancia puede afectar la preparación de ofertas y la verificación del cumplimiento contractual.
“El adjudicatario(a) entregará/ prestará los bienes adjudicados antes del 22/05/2025 … Motor de arranque P/camiones Isuzu 2020 original … 05/06/2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El numeral 11.1.2 del pliego rotula toda la documentación técnica como «No subsanable» e incluye entre ella las certificaciones de experiencia, pese a que la nota al pie de la sección 9 del propio pliego y el artículo 120 del Reglamento 416-23 disponen que los documentos de credenciales, entre ellos los de experiencia, son subsanables. En este proceso no consta que esa clasificación excluyera oferta alguna: participó un solo oferente, que resultó adjudicado.
“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable] … 3) Certificaciones de experiencia, con las siguientes informaciones: nombre de la entidad contratante, el Contratista, el objeto de la compra”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona