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Pliego

Pliego de condiciones ACTUALIZADO.pdf

CONSTRUCCION DE CENTRO DE EMERGENCIA · Ayuntamiento Loma de Cabrera

Publicado el 1 may de 202550 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ALM-CCC-CP-2025-0001

Lo que dice

El pliego de abril de 2025 establece las condiciones de la comparación de precios ALM-CCC-CP-2025-0001 para construir el Centro de Servicios y Emergencia de Loma de Cabrera, con presupuesto base de RD$10,473,135.84 y recepción de ofertas prevista para el 13 de mayo de 2025. Incluye requisitos de experiencia y formación, fija la adjudicación basada en calidad y regula garantías y sustitución del adjudicatario; algunas de esas reglas presentan ambigüedades o condiciones que ameritan revisión.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Adjudicación por calidad sin escala objetiva detallada

Documento del 1 may 2025 · hace 1 año

El pliego declara que la adjudicación se basará en calidad y encarga valorar la metodología o sistema constructivo, pero no precisa una escala, ponderaciones ni forma de medición para esa valoración. El Reglamento limita la adjudicación basada en calidad a servicios complejos y altamente especializados, y exige criterios objetivos y medibles.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación esta basado en la calidad, indicado en el artículo 83 del Reglamento 416-23 … 3. La mitología o sistema de construcción” (pág. 25)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Monto de la garantía de fiel cumplimiento aparece contradictorio

Documento del 1 may 2025 · hace 1 año

El pliego expresa el monto como «cuatro por ciento (1 %)» y luego establece 1 % para adjudicatarios MIPYME. La contradicción deja incierto el porcentaje aplicable a los demás adjudicatarios y puede afectar el costo y la exigibilidad de esta garantía; el Reglamento fija 4 % como regla general y 1 % para MIPYMES.

“En esos casos, corresponderá al adjudicatario(a) presentar en un plazo no mayor de plazo (cinco (5) días hábiles una garantía de tipo Póliza de Fianza o Garantía Bancaria por el equivalente al cuatro por ciento (1 %) del monto de la adjudic” (pág. 30)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 201 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 201 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 201. Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato u orden de compra será equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación, que será a su vez el monto del contrato u orden de compra. Si posterior a la firma del contrato se genera una modificación al monto del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato en donde se garantice el nuevo monto establecido. Párrafo. Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento será equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. Si posterior a la firma del…

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A revisarHallazgo en documentos

Tres días para responder indicios de debida diligencia

Documento del 1 may 2025 · hace 1 año

El pliego concede tres días hábiles para responder a indicios detectados en la debida diligencia y prevé la descalificación si el oferente no demuestra que son inexactos. Por la consecuencia excluyente y la amplitud de los indicios posibles, conviene verificar que el plazo permita una respuesta efectiva y que la decisión se sustente en una evaluación objetiva.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado. Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo estipu” (pág. 28)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Experiencia y formación exigidas podrían restringir la participación

Documento del 1 may 2025 · hace 1 año

Para una obra con presupuesto base de RD$10,473,135.84, el pliego exige al contratista diez años de experiencia y evidencia de tres obras de monto aproximado a RD$10,000,000; además, establece requisitos de experiencia y formación de posgrado para personal clave. La acumulación de condiciones vinculadas a obras de cuantía similar o alta puede reducir el universo de competidores y merece justificarse frente al valor y complejidad del proyecto.

“Formulario de experiencia como contratista (SNCC.D.049) con el fin de acreditar 10 años de experiencia mínima … Presentar evidencia de experiencia en mínimo tres (3) proyectos ejecutando obras civiles de un monto aproximado a RD$10,000” (págs. 12-19)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Clasificación comercial exige actividades de servicios y construcción

Documento del 1 may 2025 · hace 1 año

Para una contratación cuyo objeto es una obra, el pliego exige que el RPE tenga inscritas tanto actividades de servicios de ingeniería como de construcción general de edificios. La exigencia acumulada podría excluir a empresas habilitadas para ejecutar la obra que no tengan también registrada la actividad de servicios; corresponde verificar su necesidad y proporcionalidad con el objeto.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial Servicios profesionales de Ingeniería y Construcción Genera” (pág. 11)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Exclusión general por accionistas comunes entre empresas

Documento del 1 may 2025 · hace 1 año

El pliego prohíbe que participen simultáneamente empresas que coincidan en algún socio o accionista, sin limitar la prohibición a los supuestos de consorcio ni a una participación mínima. Es una restricción de participación más amplia que las reglas legales citadas en el propio pliego y conviene revisar su justificación y efecto sobre la competencia.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identificación de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” (pág. 44)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 5 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Ley 340-06, artículo 5

ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…

ContextoHallazgo en documentos

Plazo de seis meses para respuesta del segundo oferente

Documento del 1 may 2025 · hace 1 año

Ante el incumplimiento del adjudicatario, el pliego da al oferente ubicado en segundo lugar seis meses para responder si puede ejecutar la obra. Ese plazo, si se aplica literalmente, puede prolongar considerablemente la contratación y mantener sin resolver la continuidad del proyecto; merece aclararse frente al cronograma y a las necesidades de ejecución.

“Dicho Oferente/Proponente contará con un plazo de 6 mes para responder la referida solicitud.” (pág. 30)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 170 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 170 — Orden de prelación para suscripción de contrato

Artículo 170. Orden de prelación para suscripción de contrato. En el supuesto de que no se llegase a suscribir el contrato con el adjudicatario, por causas imputables al mismo, se adjudicará al proveedor en segundo lugar en el reporte de lugares ocupados, y así sucesivamente hasta la suscripción del mismo.

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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