El Acta núm. 022-2025, de fecha 2025-04-28, aprueba el informe definitivo de evaluación económica y adjudica la contratación de seguros todo riesgo para helipuertos y la sede central a Luis Jiménez Corredores y Asesores, S.R.L. por RD$4,694,984.00, impuestos incluidos. El acta consigna que se presentaron tres oferentes, pero que solo esa empresa quedó habilitada para la apertura de la oferta económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra tres oferentes presentados, pero solo Luis Jiménez Corredores y Asesores, S.R.L. fue habilitada para abrir su oferta económica y resultó adjudicataria. Al no haber otra oferta económica habilitada para comparar, conviene revisar las evaluaciones técnicas de los otros participantes y su efecto sobre la competencia; el acta no consigna aquí las razones de sus resultados.
“dicha reunión inicia con las palabras del referido Notario Público, indicando que en este proceso se presentaron tres (03) oferentes de forma física. … siendo calificada la empresa LUIS JIMENEZ CORREDORES Y ASESORES, S.R.L., como la Oferent”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Según el dato del portal, Luis Jiménez Corredores y Asesores, S.R.L. se inscribió en el RPE el 2025-04-02, un día después de la convocatoria; esta acta la adjudica por RD$4,694,984. La normativa permite presentar junto con la oferta la solicitud de inscripción, por lo que corresponde verificar que se cumpliera esa alternativa, sin que la fecha de inscripción por sí sola determine una irregularidad.
“Se ADJUDICA al Oferente LUIS JIMENEZ CORREDORES Y ASESORES, S.R.L. por un monto de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$4,694,984.00), con impuestos incluido”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 7 · Reglamento 416-23, art. 16 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 7
ART. 7. Las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en cualquier proceso de compra o contratación deberán estar inscritas en el Registro de Proveedores del Estado, o conjuntamente con la entrega de ofertas deberán presentar su solicitud de inscripción. PÁRRAFO. Los reglamentos de esta ley establecerán la organización del Registro, sus funciones y procedimientos, incluyendo el de inhabilitación, siempre observando el criterio de simplificación administrativa.
Reglamento 416-23, artículo 16 — De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado
Artículo 16. De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. Las personas físicas o jurídicas interesadas en hacer ofertas de bienes, servicios, y ejecución de obras, deberán estar inscritas en el correspondiente registro o, conjuntamente con la entrega de su oferta, presentarán copia de la solicitud de inscripción, la cual deberá formalizarse durante el período de subsanación de las ofertas técnicas. Párrafo I. Podrán inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado, personas físicas y jurídicas nacionales o extranjeras, consorcios conformados por personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, asociaciones sin fines de lucro y cooperativas, así como otras personas…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona