La Resolución núm. CCC-2025-0038, de 2025-04-30, aprueba la Enmienda núm. 01 al pliego de la licitación PROPEEP-CCC-LPN-2025-0004. Modifica el cronograma, fija en RD$14,100,000 el presupuesto base e incorpora un criterio de sustentabilidad económica del 20 % referido al promedio del precio o valor del ítem; también permite subsanar la garantía de seriedad conforme al artículo 198 del Reglamento 416-23.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda vincula la sustentabilidad al promedio del precio o valor del ítem. El artículo 130 del Reglamento 416-23 establece que el porcentaje de referencia debe compararse con el presupuesto base publicado y prohíbe usar el promedio simple de las ofertas recibidas; el criterio incorporado puede afectar la evaluación de ofertas económicas.
““Las ofertas deberán apegarse al criterio de sustentabilidad de la oferta económica, la misma no deberá ser menor al veinte por ciento (20%) en relación con el promedio del precio o valor del ítem o artículo ofertado.””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
8. Cronograma de actividadesActualización del cronograma y corrección de fechas de publicación
El pliego contenía un cronograma previo; esta resolución indica que la publicación del periódico El Caribe se realizó los días 28 y 31 de marzo, no los días 27 y 28.
Establece, entre otras fechas, presentación de ofertas el 14 de mayo de 2025, apertura económica el 23 de mayo y adjudicación el 29 de mayo de 2025.
Aclara
4. Presupuesto base o valor referencialCriterio para identificar ofertas económicas no sustentables
El pliego no establecía en este apartado un porcentaje de baja para descalificar ofertas no sustentables.
Añade que las ofertas no deberán ser menores al 20 % en relación con el promedio del precio o valor del ítem o artículo ofertado.
EndureceQuita un control: Sustituye o debilita la referencia independiente al presupuesto base para detectar precios anormalmente bajos; el criterio del reglamento requiere comparar con el presupuesto base publicado.
11.2.3. Documentos de la oferta económica «Sobre B»Subsanabilidad de la garantía de seriedad de la oferta
La garantía de seriedad de la oferta no estaba identificada como subsanable en este apartado.
La identifica como subsanable, sujeta a los requisitos y condiciones del artículo 198 del Reglamento 416-23.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
1. Pliego de Condiciones Arrendamientos Equipos y Servicios Conexos .pdf