El pliego fija las condiciones de la comparación de precios DGII-CCC-CP-2025-0005 para contratar por un año el mantenimiento preventivo y correctivo de la flotilla vehicular de la DGII, con presupuesto base de RD$5,613,000.00. Prevé adjudicar por lote al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos y establece la recepción de ofertas hasta el 8 de mayo de 2025. El documento contiene, además, condiciones de pago y penalidades para la ejecución contractual.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija para el mismo anticipo del 20% un plazo máximo de diez días desde la firma en una sección y de sesenta días calendario desde la firma en otra. La contradicción afecta la certeza sobre cuándo debe realizarse el desembolso.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 3.11 , que asciende al 20 % de anticipo descrito en el este pliego para los proveedores que no son MiPymes y a un 20% si”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El pliego establece una penalidad del 0.5% del monto total por cada hora o fracción de hora de retraso en notificar incidencias y otra del 1% por cada día de retraso en designar un coordinador. Los fragmentos citados no expresan un límite acumulado; por su velocidad de acumulación, conviene verificar su proporcionalidad y aplicación contractual.
“LA DGII aplicará una penalidad de cero punto cinco por ciento (0.5%) del monto total del contrato por cada hora o fracción de hora en que LA PRESTADORA DEL SERVICIO incumpla con el plazo establecido para la notificación por medios escritos ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego establece que se considerará no sustentable o temeraria la oferta cuyo precio sea inferior al 15% del presupuesto base (RD$841,950 sobre un base de RD$5,613,000), en lugar de una oferta que esté más de 15% por debajo del presupuesto, como pide fijar el artículo 130 del Reglamento 416-23. Ninguna oferta del proceso quedó cerca de ese umbral (la más baja en proporción, RD$1,608,285 para el lote 1, está 12.1% por debajo del presupuesto de su lote), por lo que el defecto de redacción no tuvo efecto en la evaluación ni en la adjudicación.
“Si el precio de la oferta es inferior al 15% del valor referencial (precio base) del monto general, se considera no sustentable o temerario, de acuerdo con lo establecido por el reglamento 406-23, lo que implica que la oferta será objeto de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona