Certificado presupuestario previsto para después del inicio
· hace 1 año
El acta inicia el procedimiento el 11 de abril y consigna que el certificado de apropiación se emitirá al publicar el proceso; según el portal, la convocatoria fue el 25 de abril. El artículo 69 establece que no se puede iniciar ni convocar un procedimiento sin la certificación correspondiente, por lo que conviene verificar cuándo fue emitida y qué se entendió aquí por inicio.
“El CEIZTUR, de conformidad con el artículo 69 del Reglamento 416-23 sobre Compras y Contrataciones Púbbcas de Bienes, Servicios y Obras, toma las medidas previsoras necesarias a los fines de garantizar la apropiación de fondos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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