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Pliego

CNE-CCC-LPN-2025-0002 - Pliego de condiciones.pdf

ADQUISICIÓN DE LUMINARIAS TIPO LED. · Comisión Nacional de Energía

Publicado el 25 abr de 202532 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CNE-CCC-LPN-2025-0002

Lo que dice

El pliego de la Licitación Pública Nacional CNE-CCC-LPN-2025-0002 establece la adquisición de 3,000 luminarias LED, con presupuesto base de RD$22,500,000, distribuidas en cinco lotes. Fija la recepción de ofertas para el 11 de junio de 2025 y la adjudicación para el 15 de julio de 2025, con adjudicación por orden ascendente de precios a cinco oferentes distintos.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos financieros uniformes para ofertas por lotes

Documento del 25 abr 2025 · hace 1 año

Se requieren estados financieros auditados de dos cierres fiscales y al menos dos referencias bancarias, junto con indicadores mínimos de liquidez y solvencia. El pliego permite ofertar uno o varios lotes, pero no gradúa estos requisitos según el valor del lote ofertado; corresponde revisar si son proporcionales para quienes concurran solo por lotes de menor cuantía.

“Estado Financiero auditado (comparativo) de los últimos dos (2) cierres fiscales, certificados por un contador público autorizado. Referencias bancarias de cuentas de ahorro y/o corriente, certificados u otros instrumentos financieros donde”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Experiencia previa limitada a entidades nominadas

Documento del 25 abr 2025 · hace 1 año

El pliego exige acreditar suministros previos de luminarias viales a una de cuatro entidades expresamente enumeradas, mediante copia del conduce. Al ser un requisito habilitante, puede excluir a proveedores con capacidad técnica que no hayan contratado con esas entidades; conviene verificar su proporcionalidad y efecto sobre la competencia.

“Los oferentes deben presentar constancia de haber sido proveedor de luminarias tipo led de iluminación vial, de al menos una de las siguientes instituciones: Ministerio de Energía y Minas; la Comisión Nacional de Energía, la Empresa de tran”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

ContextoHallazgo en documentos

Certificado penal exigido al representante del oferente

Documento del 25 abr 2025 · hace 1 año

El pliego requiere una certificación de no antecedentes penales reciente para la persona autorizada a suscribir el contrato. Al tratarse de un requisito documental de la oferta técnica, conviene revisar su pertinencia y proporcionalidad respecto de las prohibiciones legales aplicables al oferente y al objeto del contrato.

“Certificación de no antecedentes penales de la persona autorizada para suscribir el contrato de adjudicación, expedida por la Procuraduría General de la República, si la empresa es nacional, por un periodo no mayor a treinta (30) días previ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 14 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 14

ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…

Otros documentos del proceso (45)

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  • CNE-CCC-LPN-2025-0002 - Especificaciones técnicas.pdfPliego · 25 abr de 2025
  • CNE-CCC-LPN-2025-0002 - Publicación Hoy (1).pdfDocumento · 25 abr de 2025
  • CNE-CCC-LPN-2025-0002 - Publicación Hoy (2).pdfDocumento · 25 abr de 2025
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  • CNE-CCC-LPN-2025-0002 - Publicación Listin Diario (2).pdfDocumento · 25 abr de 2025
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  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 25 abr de 2025
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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