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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

ADQUISICIÓN DE COLCHONETAS TIPO GUARDIA PARA SER DONADAS EN LAS LABORES SOCIALES DE ESTA INSTITUCIÓN · Plan Asistencia Social de la Presidencia (Inactiva)

Publicado el 25 abr de 202561 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PASP-CCC-SI-2025-0008

Lo que dice

El pliego convoca una subasta inversa electrónica exclusiva para MIPYMES, publicada el 25 de abril de 2025, para adquirir 10,000 colchonetas distribuidas en cuatro lotes de 2,500 unidades, con un presupuesto estimado total de RD$18,500,000. Establece ofertas hasta el 6 de mayo, pujas el 15 de mayo y reglas de adjudicación que limitan a un lote por oferente. También fija requisitos técnicos y de elegibilidad, y regula la entrega, el pago y las garantías del contrato.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (5 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego permite adjudicar directamente con dos oferentes habilitados

Documento del 25 abr 2025 · hace 1 año

El pliego permite adjudicar directamente, sin puja, si solo dos oferentes resultan habilitados para ambos lotes. El artículo 145 establece como regla la puja cuando hay al menos dos oferentes habilitados y conectados; su excepción de adjudicación directa contempla que solo exista uno conectado.

“De igual manera, si solo dos oferentes resultan habilitados para ambos Lotes, para evitar posibles acuerdos de precios o posturas encubiertas, la institución podrá adjudicar directamente, sin realizar la puja electrónica.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 145 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación

Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…

Texto oficial completo

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Requisitos técnicos específicos pueden estrechar la participación

Documento del 25 abr 2025 · hace 1 año

Para estas colchonetas se exige acreditar dos años de experiencia comercializando los productos objeto del proceso y una autorización del fabricante, además de una oferta técnica válida por un año. Por su relación específica con el producto y su posible efecto excluyente, conviene verificar que esos requisitos sean proporcionales al objeto y estén justificados técnicamente.

“Constancia que demuestre experiencia mínima de dos (2) años en el mercado comercializando los productos y servicios objetos del presente proceso 3. Autorización del fabricante del producto (SNCC F047).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Código UNSPSC del RPE no coincide con el código del objeto

Documento del 25 abr 2025 · hace 1 año

El requisito de inscripción en el RPE menciona la codificación 4192210, mientras que el objeto del proceso se clasifica con el rubro 56101508. La discrepancia puede crear incertidumbre sobre qué actividad comercial habilita a participar y debe verificarse frente al código aplicable a colchonetas.

“5) Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC , referida en el numeral 2 sobre "objeto del procedimiento de selección" de est”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Los plazos y condiciones de entrega no son congruentes entre sí

Documento del 25 abr 2025 · hace 1 año

El pliego fija 15 días desde la firma y registro del contrato, pero también exige entregar 20 % dentro de las 24 horas posteriores a la adjudicación y el 80 % restante dentro de 15 días posteriores a ella; además, dispone entrega inmediata tras la suscripción. Estas referencias usan hitos distintos y podrían afectar la preparación de ofertas y la exigibilidad del suministro.

“El tiempo para la entrega de los bienes, es de quince (15) días, a partir de la firma y posterior registro del contrato en la Contraloría General de la República … 20% de la cantidad adjudicada en un plazo de 24 horas posteriores a la”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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El pago total puede interpretarse como previo a la recepción conforme

Documento del 25 abr 2025 · hace 1 año

La cláusula prevé un único pago total tras la certificación del contrato y contra factura de los bienes ofrecidos, pero otra cláusula condiciona el trámite del pago a la recepción. La primera redacción no precisa que el pago dependa de la entrega conforme y podría leerse como un anticipo superior al límite general, sin identificar una garantía de buen uso del anticipo para ese supuesto.

“El Plan de Asistencia Social de la Presidencia procederá a realizar un único pago total, inmediatamente la Contraloría de la República emita la certificación del contrato suscrito con el adjudicatario. Este pago se hará en un período no”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · Reglamento 416-23, art. 204 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 204 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo

Artículo 204. Monto de la garantía de buen uso de anticipo. Siempre que el adjudicatario haya recibido el anticipo, estará obligado a presentar la garantía de buen uso del anticipo por el total del monto que reciba como pago adelantado.

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ContextoHallazgo en documentos

La fabricación nacional se establece como condición de la ficha técnica

Documento del 25 abr 2025 · hace 1 año

La ficha técnica exige fabricación nacional para las colchonetas. Al limitar el origen elegible del bien, la condición puede reducir la competencia; conviene verificar su necesidad técnica y su compatibilidad con la descripción objetiva y genérica del objeto.

“Fabricación Nacional.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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