No se consigna que el material publicitario estuviera listo para difundirse
· hace 1 año
El informe justifica la excepción de publicidad institucional, pero no consigna que el material documental, auditivo o visual de la campaña estuviera creado y listo para transmisión o publicación, condición que establece el artículo 60 del Reglamento 416-23. Conviene verificarlo en el expediente; esta omisión en el informe no permite concluir que el requisito faltara en otros documentos.
“A tales fines, la institución requiere la contratación para la difusión de campaña "Reduce tu consumo energético", en medios impresos y digitales, radio y televisión nacional, por un periodo de un (1) mes; con el objetivo de promover la con”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 60 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 60 — Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social
Artículo 60. Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social. Se utilizará este procedimiento de excepción cuando sea necesario contratar, directamente y sin intermediarios un medio de comunicación social para colocar publicidad que tenga sentido misional u oficial, y que vaya dirigida a informar sobre derechos de las personas, un servicio público o brindar transparencia y difusión a planes y proyectos institucionales. Para este procedimiento la información documental, auditiva o visual debe estar creada y lista para su transmisión o publicación mediante el medio de comunicación. Párrafo. Este procedimiento será por selección…
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