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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES EQUIPOS TOPOGRAFICOS 2025.pdf

Adquisición de los equipos Topográficos para la Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado. · Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado

Publicado el 23 abr de 2025Fechado el 7 abr de 202541 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso UTECT-CCC-LPN-2025-0003

Lo que dice

El pliego, fechado el 8 de abril de 2025, establece las condiciones para adquirir equipos topográficos y baterías recargables por un valor referencial de RD$9,235,629.00, con convocatoria publicada el 24 y 25 de abril. Fija evaluación técnica de cumple/no cumple y adjudicación por menor costo, pero contiene una discrepancia entre el cierre de recepción del 6 de junio y el cronograma que indica el 10 de junio de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

La actividad requerida en el RPE no coincide con la actividad preferida

Documento del 23 abr 2025 · hace 1 año

Para el objeto topográfico, el pliego indica como actividad preferible la codificación 52160000, pero exige que el RPE tenga inscrita la actividad 52161500 y clasifica el objeto como equipos audiovisuales. La diferencia entre categoría declarada, actividad preferida y requisito obligatorio puede generar incertidumbre o limitar la participación de proveedores del rubro topográfico.

“contratación ha sido clasificada bajo el rubro -clase- equipos audiovisuales, el objeto de la contratación conforme a la codificación … por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial equipos topográficos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Especificaciones asociadas a modelos y tecnología de marca

Documento del 23 abr 2025 · hace 1 año

El pliego identifica modelos y tecnologías concretos para el receptor y el colector de datos, incluido software del mismo ecosistema, sin indicar «o equivalente». Esto puede restringir la competencia a proveedores capaces de ofertar esos productos específicos; conviene verificar si los estudios previos justifican esa especificidad.

“Receptor GNSS R12i, Model 60, ROW Tecnología ®Inertial Platform ™(TIP)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 4 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 4 — Definiciones

Artículo 4. Definiciones. En adición a las definiciones establecidas en el artículo 4 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, a los efectos del presente reglamento, serán de aplicación las siguientes definiciones: 1. Adjudicación. Acto administrativo a través del cual la institución contratante selecciona al proveedor que haya presentado la mejor propuesta, de conformidad con los criterios de evaluación fijados en el Pliego de Condiciones y sus Especificaciones Técnicas/ Fichas Técnicas o Términos de Referencia en un procedimiento de contratación pública. 2. Bienes comunes. Son aquellos que pueden ser objetivamente definidos por el mercado, de forma sencilla y corriente debido a que son…

A revisarHallazgo en documentos

Dos fechas distintas para el cierre de recepción de ofertas

Documento del 23 abr 2025 · hace 1 año

El cronograma fija la presentación para el 10 de junio, pero otra sección permite recibir ofertas solo hasta el 6 de junio. Además de la incertidumbre para los participantes, si el 6 de junio fuera el cierre efectivo, el plazo desde la última publicación del 25 de abril sería inferior a los 30 días hábiles mínimos para licitación pública nacional.

“El 10 del mes de junio del año 2025, desde las 8:00 a.m. hasta las 10:00 a.m. … Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta día seis (06) del mes de junio del año 2025, a las 10:00 horas de la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 96 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 96 — Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales

Artículo 96. Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas nacionales deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse en un mínimo de dos (2) periódicos de circulación nacional por el término de dos (2) días consecutivos. 3. Publicarse con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la recepción y apertura de las ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de oferta.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentos

Criterio de menor costo basado en ciclo de vida sin método desarrollado

Documento del 23 abr 2025 · hace 1 año

El pliego anuncia adjudicación por menor costo atendiendo al ciclo de vida, pero la metodología económica se limita a exigir que la oferta sea la de menor costo entre las que cumplan los demás criterios. No identifica los costos del ciclo de vida que se calcularán ni cómo se verificarán, lo que puede dificultar la comparación uniforme de las ofertas.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es basado en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

ContextoHallazgo en documentos

Disposiciones contradictorias sobre el anticipo a no MIPYMES

Documento del 23 abr 2025 · hace 1 año

Una sección expresa un anticipo del 20% tanto para proveedores que no son MIPYMES como para MIPYMES, mientras que otra reserva ese anticipo a MIPYMES y prevé pago único para quienes no lo sean. La inconsistencia deja inciertas las condiciones de pago aplicables a una parte de los oferentes.

“asciende a 20 % de anticipo descrito en este pliego para los proveedores que no son mipymes y a un 20% si se trata de un oferente certificado como MIPYMES … Se estipula realizar un pago único del monto contratado, a los”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

Texto oficial completo

Otros documentos del proceso (14)

  • Acta de Inicio.pdfPliego · 23 abr de 2025
  • ESPESIFICACIONES TECNICAS.pdfPliego · 23 abr de 2025 · 2 señales
  • Form. Oferta Económica listo.xlsxDocumento · 23 abr de 2025
  • Modelo Contrato Ejecución de Bienes..docxContrato · 23 abr de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 23 abr de 2025
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 23 abr de 2025
  • Acta de Aprobacion.pdfInforme pericial · 23 abr de 2025 · 1 señal
  • Acta de Aprobacion.pdfPliego · 23 abr de 2025 · 1 señal
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 6 ago de 2025 · 3 señales
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
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  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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  • Informe dellnitivo de evaluacion de la ofeita economica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —