La notificación, fechada el 23 de abril de 2025, comunica la Enmienda núm. 1 al pliego del proceso 911-CCC-LPN-2025-0002, aprobada mediante Acta núm. [cédula]. El cambio hace no subsanable la presentación del currículo del personal profesional propuesto; los demás aspectos no contemplados en la enmienda se mantienen sin cambios.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Pliego de Condiciones, sección I, numeral 9.1, literal C), numeral 5, páginas 14 y 15Subsanabilidad del currículo del personal profesional propuesto | La presentación del currículo del personal profesional propuesto se clasificaba como subsanable. | La presentación del currículo del personal profesional propuesto se clasifica como no subsanable. | Endurece |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona