Aprobación de la excepción anterior al informe pericial registrado
· hace 1 año
El acta aprueba la excepción el 28/02/2025; el informe pericial que justifica el procedimiento, según el resumen de otros documentos del expediente, está fechado el 14/04/2025 y tiene una actualización del 29/04/2025. La secuencia merece verificarse frente al artículo 149, que prevé el informe justificativo antes de la aprobación; podría existir un informe previo no incluido en los documentos resumidos.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, siendo las nueve y veinticinco minutos de la mañana (09:25 A.M) del día veintiocho (28) de Febrero del año Dos Mil Veinticinco (2025), se dio in”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 149 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción
Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →