El pliego, fechado el 14 de abril de 2025, establece las condiciones para adquirir 10,000,000 de plántulas de tabaco por un valor referencial de RD$7,900,000, con entregas escalonadas entre octubre y noviembre y entrega total antes del 1 de diciembre de 2025. Prevê adjudicar por menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos. La portada identifica el proceso como INTABACO-CCC-LPN-2025-0001, mientras que el cuerpo del pliego lo identifica como INTABACO-CCC-LPN-2025-0002.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los criterios financieros combinan expresiones y signos que no determinan con claridad si se admite la igualdad en los límites; el criterio de endeudamiento también presenta operadores incompatibles. La ambigüedad puede conducir a evaluaciones distintas de ofertas con los mismos índices.
“Límite establecido: Mayor 1.20 Mayor o igual que > 1.20 (Cumple) Menor que < 1.20 (No cumple) … Menor o igual que > 1.50 (Cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El objeto dice que los oferentes deberán tener «preferiblemente» la actividad comercial indicada, pero la documentación legal exige que el RPE tenga inscrita esa actividad. La diferencia entre preferencia y requisito obligatorio puede afectar la habilitación y la participación.
“los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial correspondiente a: SEMILLAS O PLÁNTULAS DE TABACO. … debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
La portada identifica el procedimiento como INTABACO-CCC-LPN-2025-0001, mientras que el cuerpo lo refiere repetidamente como INTABACO-CCC-LPN-2025-0002. La discrepancia puede generar dudas sobre qué proceso rigen estas bases, aunque podría corresponder a un arrastre de plantilla.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona