La Enmienda núm. I, de 2025-04-21, modifica el pliego de la licitación IDAC-CCC-LPN-2025-0003 tras recomendaciones del área de monitoreo de la DGCP. Fija que el servicio se prestará durante dos años desde la certificación del contrato por la Contraloría y clasifica documentos técnicos como subsanables o no subsanables, manteniendo la evaluación Cumple/No cumple.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se permite completar después de la presentación inicial documentos que sirven para verificar experiencia, cobertura nacional y disponibilidad del personal técnico; el pliego conserva esos requisitos sustantivos..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El pliego clasifica como no subsanables la carta del fabricante que acredita la representación autorizada y la certificación del personal por el fabricante. Si estos documentos acreditan credenciales o capacidad existentes al presentar la oferta, el artículo 120 del Reglamento dispone que los documentos relativos a credenciales son subsanables bajo esa condición; conviene verificar cómo se aplicó esta clasificación.
“2. Carta del fabricante, que lo acredite como representante autorizado para ofrecer productos, servicios y mantenimiento de la marca que representa dirigida a la institución con la referencia del proceso. (No Subsanable) 3.- Personal con ce”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Numeral 5, tiempo de ejecución del servicioInicio del plazo de ejecución de dos años
Se establecía un período de dos (2) años, sin indicar en este texto el hito inicial.
El servicio durará dos (2) años a partir de la certificación del contrato emitida por la Contraloría General de la República.
Aclara
Numeral 10.1.1, literal c, documentación técnicaClasificación de documentos técnicos no subsanables
Los documentos eran obligatorios y habilitantes; el texto indicaba que los peritos identificarían las necesidades de subsanación, sin asignar aquí una clasificación individual.
La oferta técnica, la carta de autorización del fabricante y la certificación del personal por el fabricante se clasifican como no subsanables.
Endurece
Numerales 10.1.1(c) y 11.1.3Subsanabilidad de cartas de compromiso, referencias y currículos
Los documentos eran obligatorios y habilitantes; la subsanación se determinaba durante la evaluación.
La carta de compromiso de entrega e instalación, las cartas de referencia y el currículo de al menos 20 técnicos se clasifican como subsanables.
RelajaQuita un control: Se permite completar después de la presentación inicial documentos que sirven para verificar experiencia, cobertura nacional y disponibilidad del personal técnico; el pliego conserva esos requisitos sustantivos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona