El Acta núm. 0054-2025, de fecha 2025-04-16, cancela el proceso MIP-CCC-CP-2025-0002, con monto preventivo de RD$5,600,000.00, tras aprobar la solicitud técnica que identificó deficiencias en el alcance, la evaluación y las especificaciones. El acta registra que cuatro oferentes habían sido habilitados para la apertura de las ofertas económicas, pero no adjudica el proceso y ordena gestionar uno nuevo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta cancela el procedimiento, pero ordena lanzar uno nuevo conforme al artículo 24, párrafo I, de la Ley 340-06, que regula la reapertura tras una declaratoria de desierto. El artículo 137 del Reglamento 416-23, citado para la cancelación, dispone que si se mantiene la necesidad debe iniciarse un nuevo procedimiento; conviene verificar qué reglas y plazos aplicarán al relanzamiento.
“Ordena al Departamento de Compras y Contrataciones del MIP, que proceda de forma inmediata y dentro de los plazos establecidos a notificar la presente acta y realizar todas las gestiones necesarias para lanzar un nuevo proceso en los plazos”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 24 · Reglamento 416-23, art. 137 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 24
ART. 24. Toda entidad contratante podrá cancelar o declarar desierto un proceso de compra o contratación mediante el dictado de un acto administrativo, antes de la adjudicación, siempre y cuando existan informes de carácter legal y técnico debidamente justificados. PÁRRAFO I. En el evento de declaratoria de desierto un proceso, la entidad podrá reabrirlo, en la misma forma que lo hizo con el primero, dando un plazo de propuestas que puede ser de hasta un cincuenta por ciento (50%) del plazo del proceso fallido, al cual pueden acudir los proponentes que adquirieron los pliegos de condiciones sin volver a pagarlos. PÁRRAFO II. Si en la reapertura, se produjese una segunda declaratoria de…
Reglamento 416-23, artículo 137 — Cancelación de procedimiento
Artículo 137. Cancelación de procedimiento. Antes de la adjudicación, el responsable del procedimiento podrá disponer la cancelación del procedimiento de contratación mediante una resolución debidamente motivada, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Hayan desaparecido las razones de interés público que justificaban la contratación. 2. Se evidencien graves irregularidades en la fase de preparación o pliegos de condiciones que impiden seleccionar objetivamente la propuesta más conveniente. 3. Se evidencien graves irregularidades en la ejecución del procedimiento de contratación que impidan continuarlo. Párrafo. Después de cancelado un procedimiento de contratación, si…
Adevents, SRLEl acta indica que fue habilitada para la apertura de la oferta económica; monto según el portal.
Habilitado
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RD$4,500,000
CTAV, SRLEl acta indica que fue habilitada para la apertura de la oferta económica; monto según el portal.
Habilitado
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RD$5,600,000
Disla Uribe Koncepto, SRLFigura en el acta como KONCEPTO, S.R.L.; el acta indica que fue habilitada para la apertura de la oferta económica. El portal registra RD$0.
Habilitado
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RD$0
Stage Visual Sound SVS, SRLEl acta indica que fue habilitada para la apertura de la oferta económica; monto según el portal.
Habilitado
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RD$3,290,855
Actividades Caoma, SRLEl acta registra que presentó oferta; no especifica su resultado de habilitación.
Mencionado
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RD$5,599,998
Alegre Eventos, SRLFigura en el acta como ALEGRE, S.R.L.; registra que presentó oferta, sin especificar su resultado de habilitación.
Mencionado
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RD$5,600,000
Empresas Macangel, SRLEl acta registra que presentó oferta; no especifica su resultado de habilitación.
Mencionado
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RD$5,600,000
RS Productions, SRLFigura en el acta como RS PRODUCTION, S.R.L.; registra que presentó oferta, sin especificar su resultado de habilitación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona