La solicitud de compra, fechada el 14 de abril de 2025, requiere la construcción de doce obras para el mejoramiento y embellecimiento del municipio de San Cristóbal. Consigna un monto total estimado de RD$35,998,139.34; el portal registra un monto estimado de RD$35,000,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud describe obras concretas como saneamiento de cañadas, construcción de aceras y parques; sin embargo, el portal clasifica varios ítems como servicios de tratamiento de aguas negras. La diferencia entre el objeto detallado y las categorías publicadas merece verificarse porque puede afectar la comprensión del alcance y la trazabilidad de las ofertas.
“Objeto de la compra: LA CONSTRUCCION DE DOCE (12) OBRAS PARA MEJORAMIENTO Y EMBELLECIMIENTO DEL MUMCIPIO DE SAI{ CR]STOBAI … 272t02 SANEAMIENTO CAÑADA, SECToR NOVAS”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
La solicitud consigna RD$35,998,139.34, mientras que el monto estimado del portal es RD$35,000,000, una diferencia de RD$998,139.34. Aunque podría deberse a redondeo o a una actualización del estimado, conviene verificar cuál cifra sustentó la contratación y la comparación de ofertas.
“(RDS35.998.139.34) RD$2,999,928.02 I TOTAL RDS”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona